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PATERNA DE RIVERA: Amigo mio, primero te pondre mi mensaje de nuevo textualmente,...

A ver, intentare daros pistas a todo aquel que habla sin conocimiento sobre el motivo de el encierro de las vacas.
Coger el Reglamento de Espectaculos Taurinos de Andalucia, y vosotros mismos podreis comprobar que esta totalmente prohibido eso que se hacia hasta hace poco. Ni los politicos, ni la Junta de Andalucia.......... hay que informarse antes de hablar. Y no lo digo con acritud. Saludos

Pues este año por lo que he leido tampoco habrá encierro. Para hacer encierros lo que habría que hacer es ceñirse a la normativa, lo cual se podría conseguir facilmente cambiando el tipo de res, por lo que animo a los paterneros a luchar para conseguirlo para próximos años.
Saludos.

veo que el nombre que te as colocado como realista pareces que no cuadra con tigo te mando los articulos del reglamento para que lo leas bien y sepas interpretarlo y creo que el conocimiento que hay es suficiente para decir algunas verdades. te boy a poner los articulos del REGLAMENTO TAURINO DE ANDALUCIA. CAPITULO 1º Objeto y ambito Articulo 1º objeto y ambito de aplicacion 1) es objeto del presente reglamento de la regulacion de los espectaculos taurinos que se desarrollen en el territorio de la comunidad autonoma de andalucia afin de garantizar la integridad del espectaculo y salvaguardar los derechos de los profesionales taurinos y del publico en general. 2) se entiende por espectaculos taurinos aquel en el que intervienen reses de ganado bovino BRAVO para ser lidiadas en plazas de toros u otros recintos autorizados con publico por profesionales taurinos, personas aficionadas o alumnos de escuelas taurinas de acuerdo con lo previsto en el reglamento. ARTICULO 2º EXCLUSIONES. QUEDAN FUERA DEL AMBITO DE ESTE REGLAMENTO LOS FESTEJOS TAURINOS POPULARES ASIN COMO LAS CLASES PRACTICAS U OTRAS ACTIVIDADES FORMATIVAS DELAS ESCUELAS TAURINAS QUE SE REGULAN POR SUS RESPECTIVAS NORMATIVAS ESPECIFICAS. IGUALMENTE QUEDAN FUERA DEL AMBITO DE APLICACION Y DE ESTE REGLAMENTO LAS PRUEBAS FUNCIONALES DE SELECCION Y DE ENTRENAMIENTO SIN ASISTENCIA DE PUBLICO EN FINCAS GANADERAS CON RESES DE LIDIA, ASI COMO LOS CERTAMENES O FERIA EN LOS QUE SE EXIBAN RESES DE LIDIA O SE REALICEN FAENAS GANADERAS. HABER COMO SE COME ESTO O COMO CADA UNO LO INTERPRETE COMO QUIERA. EL QUE QUIERA LEERSE ESTE REGLAMENTO ESTARA EL MIERCOLES EN EL BAR MAYORAL (BAR FOLLINE) A PARTIR DEL MIERCOLES parqa que todos los aficionados a es tos evento se informe y se asesoren mejor.

Amigo mio, primero te pondre mi mensaje de nuevo textualmente, para que antes de dartelas de maestro liendre, analices bien las palabras:
A ver, intentare daros pistas a todo aquel que habla sin conocimiento sobre el motivo de el encierro de las vacas.
Coger el Reglamento de Espectaculos Taurinos de Andalucia, y vosotros mismos podreis comprobar que esta totalmente prohibido eso que se hacia hasta hace poco. Ni los politicos, ni la Junta de Andalucia.......... hay que informarse antes de hablar. Y no lo digo con acritud. Saludos
Tu escuchas campanas pero no tienes ni idea por donde suenan. En un encierro callejero, existen unas limitaciones de distancias a la hora de realizarlo, como todos sabemos, esas distancias eran de kilometros hasta el lugar del mismo (finca el gato por ejemplo a calle alcala-real), por consiguiente de hay viene la prohibicion explicita. El reglamento taurino de Andalucia, no se ve en un ratito como creo que has hecho tu, es muy extenso y para conocerlo bien hace falta muuucho tiempo, ya te pondre el articulo en cuestion para que lo compruebes por ti mismo, otra cosa podras enseñarme pero............. ¿interpretar leyes?, que le va a enseñar un pollo a un recovero amigo mio, no lo tomes a mal, pero no seas tan rapido de escritura y pongas articulos que NADA TIENEN QUE VER con el tema en cuestion que no es ni mas ni menos que ENCIERROS CALLEJEROS, sus obligaciones y exigencias en el marco de la ley.
Saludos.
Respuestas ya existentes para el anterior mensaje:
Creo que ambos os equivocáis, como ya dije, Paternero utiliza un reglamento equivocado, y Realista me parece que confunde "suelta de reses" (en el que hay unas distancias de recorrido estipuladas) con "encierros", os dejo aquí el Punto 4 del Artículo 4 del reglamento de festejos Populares de Andalucía:
"4. Siempre que se acredite su costumbre o tradición, mediante el oportuno estudio historiográfico elaborado al efecto, podrá autorizarse por la Delegación del Gobierno de
la Junta de Andalucía correspondiente ... (ver texto completo)