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Jardines de los alrededores del Monasterio de la Rábida, LA RABIDA

En ese documento Colón, que se autotitulo almirante, virrey y gobernador de las islas y tierra firme de las Indias descubiertas y por descubrir, estableció lo siguiente: Yo constituí a mi caro hijo don Diego por mi heredero de todos mis bienes e ofiçios que tengo de juro y heredad, de que hize en el mayorazgo, y non aviendo el hijo heredero varón, que herede mi hijo don Fernando por la mesma guisa, e non aviendo el hijo varón heredero, que herede don Bartolomé mi hermano por la misma guisa; e por la misma guisa si no tuviere hijo heredero varón, que herede otro mi hermano; que se entienda ansí de uno a otro el pariente más llegado a mi linia, y esto sea para siempre. E non herede mujer, salvo si non faltase non se fallar hombre; e si esto acaesçiese, sea la muger más allegada a mi linia. De donde se entiende que tiene dos hijos, Diego y Fernando, y que el heredero es el primogénito, según la costumbre al uso. Manifiesta asimismo que doña Beatriz es la madre de Fernando, lo que atestigua que nunca se casaron.
(20 de Abril de 2019)