El 4 de diciembre de 1.979 más de 1.500.000 de andaluces se manifestaron pidiendo la autonomía por el artículo 151. El 16 de Enero de 1.980, la día siguiente de haberse aprobado en el Senado la Ley Orgánica de Referéndum,que permitía la celebración del plebiscito andaluz, el Gobierno central cambia de ccriterio, intentando reconducir a Andalucía hacia el Artículo 143, no se podría nunca dotar, constitucionalmente, al Estatuto de Andalucía, de las competencias que tendría un Estatuto de las llamadas Comunidades Históricas Al final impera la razón y a Andalucía se le concede un Estatuto digno aunque para ello hubiera que votar en una consulta en la que la pregunta era particularmente enrevesada.