VELORIOS Y RONDAS NOCTURNAS
El visitador Agustín Rubin de Zevallos, luego obispo de Jaén entre 1780 y 1793, en su inspección a Jimena, además de recordar que hay pena de excomunión a los que bailaren (hombres con mujeres) tanto de día como de noche, y no sólo si se hace por la noche como se corría por el pueblo, introduce otra admonición sobre una nueva costumbre que dice se ha introducido en la villa, cual son los “velorios” o reuniones nocturnas de mujeres en una casa para realizar en compañía diversas labores de preparación de ajuares. A ellos acuden los mozos y en la concurrencia “se pueden originar gravísimos perjuicios en las almas de unos y otras”. Exhorta por ello a la justicia para que impida y castigue esta juntanza mixta con pena de ocho reales a los amos de la casa del velorio así como para los jóvenes o sus padres y amos cada vez que los encuentren en ellos, a beneficio del Santísimo.
Más de cuarenta años después, en 1798, semejante censura la hace el visitador Francisco de Bago y Fernández en algunos pueblos del arciprestazgo de Mancha Real, pues, dice, “reina el pestilente y abominable abuso de juntarse muchas mozas solteras a ilar en los que llaman veladeros en los que permanezen desde el principio de la noche hasta fines de ella, a los que igualmente asisten los mozos de cuias fuerzas se originan gravísimos pecados y ofensas a Dios de las que en especial serán responsables los padre de familias…”.
En 1758 el celoso obispo Fray Benito Marín envió una carta pastoral en la que prevenía contra unos juegos de prendas que eran conocidos entre el pueblo como el de la mona y el anillico y que no duda en calificar como de “otro invento del infierno”, pues son “tan sucios, y abominables, lascivos y asquerosos, que no quiero yo especificarlos por no manchar la tinta, y escandalizar con solo apuntarlos a los oídos castos de las almas, que los ignoran, ni duplicar la aflicción de los que los lloran”. Hace a los padres de familia responsables de estas deshonestas aficiones y les exhorta a velar por sus hijos y criados, pues cargarán ante Dios con la culpa de estos. Y particularmente a las madres, que disimulan, encubren o aprueban “las que el vulgo llama llanezas en los juegos de prendas, y vayles, siendo verdaderamente despeñaderos del infierno”.
El descuido en la educación de los hijos y criados por parte de los tutores y amos era invocada ya en 1723 por el obispo D. Rodrigo Marín y Rubio al lamentar los cánticos lascivos, disonantes y obscenos con que algunos escandalizaban de noche por las calles dando serenatas.
En 1737 el obispo D. Manuel Isidro de Orozco vuelve recriminar esta misma costumbre de los mozos, que, con motivo de rondas y galanteos, andaban a deshora de la noche cantando “despedidas y cantares deshonestos”. El obispo Fray Benito Marín vuelve a prohibir en sus mandatos de visita de 1752 para este pueblo estos cantares impuros “y otras cosas agenas a la paz publica” de los mozos en las vísperas y días festivos por la noche. Aduce que perturban el descanso y recogimiento necesarios tras el trabajo de la semana, además de escandalizar a las almas honestas. Ya en 1733, D. Manuel Isidro de Orozco había dejado constancia para esta villa de Jimena de esta nefasta costumbre de rondar destempladamente y a horas intempestivas tal como él mismo había podido experimentar: además de inquietar e impedir el descanso a los demás vecinos, fatigados por el trabajo del campo, dan estas andanzas origen a muchas riñas y discordias en el pueblo.
Con el buen tiempo, la costumbre debía de hacerse más insistente. En los pueblos del arciprestazgo de Mancha Real, por la censura del obispo de la sede jiennense D. Rodrigo Marín y Rubio en 1728, sabemos que, especialmente en los meses de mayo y junio, se formaban bailes hasta altas horas de la noche y, finalizados éstos, aún los mozos andaban instrumentos de cuerda y algún que otro pandero.
El visitador Agustín Rubin de Zevallos, luego obispo de Jaén entre 1780 y 1793, en su inspección a Jimena, además de recordar que hay pena de excomunión a los que bailaren (hombres con mujeres) tanto de día como de noche, y no sólo si se hace por la noche como se corría por el pueblo, introduce otra admonición sobre una nueva costumbre que dice se ha introducido en la villa, cual son los “velorios” o reuniones nocturnas de mujeres en una casa para realizar en compañía diversas labores de preparación de ajuares. A ellos acuden los mozos y en la concurrencia “se pueden originar gravísimos perjuicios en las almas de unos y otras”. Exhorta por ello a la justicia para que impida y castigue esta juntanza mixta con pena de ocho reales a los amos de la casa del velorio así como para los jóvenes o sus padres y amos cada vez que los encuentren en ellos, a beneficio del Santísimo.
Más de cuarenta años después, en 1798, semejante censura la hace el visitador Francisco de Bago y Fernández en algunos pueblos del arciprestazgo de Mancha Real, pues, dice, “reina el pestilente y abominable abuso de juntarse muchas mozas solteras a ilar en los que llaman veladeros en los que permanezen desde el principio de la noche hasta fines de ella, a los que igualmente asisten los mozos de cuias fuerzas se originan gravísimos pecados y ofensas a Dios de las que en especial serán responsables los padre de familias…”.
En 1758 el celoso obispo Fray Benito Marín envió una carta pastoral en la que prevenía contra unos juegos de prendas que eran conocidos entre el pueblo como el de la mona y el anillico y que no duda en calificar como de “otro invento del infierno”, pues son “tan sucios, y abominables, lascivos y asquerosos, que no quiero yo especificarlos por no manchar la tinta, y escandalizar con solo apuntarlos a los oídos castos de las almas, que los ignoran, ni duplicar la aflicción de los que los lloran”. Hace a los padres de familia responsables de estas deshonestas aficiones y les exhorta a velar por sus hijos y criados, pues cargarán ante Dios con la culpa de estos. Y particularmente a las madres, que disimulan, encubren o aprueban “las que el vulgo llama llanezas en los juegos de prendas, y vayles, siendo verdaderamente despeñaderos del infierno”.
El descuido en la educación de los hijos y criados por parte de los tutores y amos era invocada ya en 1723 por el obispo D. Rodrigo Marín y Rubio al lamentar los cánticos lascivos, disonantes y obscenos con que algunos escandalizaban de noche por las calles dando serenatas.
En 1737 el obispo D. Manuel Isidro de Orozco vuelve recriminar esta misma costumbre de los mozos, que, con motivo de rondas y galanteos, andaban a deshora de la noche cantando “despedidas y cantares deshonestos”. El obispo Fray Benito Marín vuelve a prohibir en sus mandatos de visita de 1752 para este pueblo estos cantares impuros “y otras cosas agenas a la paz publica” de los mozos en las vísperas y días festivos por la noche. Aduce que perturban el descanso y recogimiento necesarios tras el trabajo de la semana, además de escandalizar a las almas honestas. Ya en 1733, D. Manuel Isidro de Orozco había dejado constancia para esta villa de Jimena de esta nefasta costumbre de rondar destempladamente y a horas intempestivas tal como él mismo había podido experimentar: además de inquietar e impedir el descanso a los demás vecinos, fatigados por el trabajo del campo, dan estas andanzas origen a muchas riñas y discordias en el pueblo.
Con el buen tiempo, la costumbre debía de hacerse más insistente. En los pueblos del arciprestazgo de Mancha Real, por la censura del obispo de la sede jiennense D. Rodrigo Marín y Rubio en 1728, sabemos que, especialmente en los meses de mayo y junio, se formaban bailes hasta altas horas de la noche y, finalizados éstos, aún los mozos andaban instrumentos de cuerda y algún que otro pandero.