Yo se, que tu no necesitas de mi explicaciones, me has dejado un fleco;
¿puede ser o no puede ser, que unos seamos más conocidos que otros?
¡Cual es tu criterío!
saludos
¿puede ser o no puede ser, que unos seamos más conocidos que otros?
¡Cual es tu criterío!
saludos
Según dicen en el Foro, cumpliendo estas normas y metiendo muchas fotos, todos nos hacemos conocidos, el que quiera que pruebe a ver donde está la discriminación:
"... Se prohibe poner fotos de personas claramente reconocibles, si la persona que pone la foto no ha obtenido el consentimiento previo de las personas que aparecen en dicha foto o de sus tutores legales cuando corresponda.
Normas para la publicación de fotos:
- No se admiten fotografías repetidas o similares.
- No se admiten fotografías borrosas, mal orientadas, giradas o excesivamente pequeñas.
- No se admiten fotografías que no ocupen todo el área de la imagen.
- No se admiten fotografías con marcas de agua o derechos de autor.
- No se admiten fotografías retocadas, composiciones o montajes.
- No se admiten fotografías con fines lucrativos o publicitarios.
- Sólo se admiten fotografías en formato JPG de tamaño máximo hasta 4 Mbytes.
- Sólo se admiten fotografías que pertenezcan a JIMENA y que además sean de interés general.
Datos relacionados con las fotos:
- El título es obligatorio y tiene que corresponder con el contenido de la foto. No pongas números de secuencia, pon distintos títulos.
- Es muy importante que tenga las palabras clave del contenido de la foto para facilitar la localización a los demás usuarios.
- La descripción es opcional y permite explicar la foto y dar información relativa a la misma.
- No incluyas el nombre de la población ni en el título ni en la descripción.
- No escribas empleando sólo letras mayúsculas.
¡Suerte, ya veremos si cumpliendo estas reglas salen muchos mas "enchufaos" y dejan de protestar!
"... Se prohibe poner fotos de personas claramente reconocibles, si la persona que pone la foto no ha obtenido el consentimiento previo de las personas que aparecen en dicha foto o de sus tutores legales cuando corresponda.
Normas para la publicación de fotos:
- No se admiten fotografías repetidas o similares.
- No se admiten fotografías borrosas, mal orientadas, giradas o excesivamente pequeñas.
- No se admiten fotografías que no ocupen todo el área de la imagen.
- No se admiten fotografías con marcas de agua o derechos de autor.
- No se admiten fotografías retocadas, composiciones o montajes.
- No se admiten fotografías con fines lucrativos o publicitarios.
- Sólo se admiten fotografías en formato JPG de tamaño máximo hasta 4 Mbytes.
- Sólo se admiten fotografías que pertenezcan a JIMENA y que además sean de interés general.
Datos relacionados con las fotos:
- El título es obligatorio y tiene que corresponder con el contenido de la foto. No pongas números de secuencia, pon distintos títulos.
- Es muy importante que tenga las palabras clave del contenido de la foto para facilitar la localización a los demás usuarios.
- La descripción es opcional y permite explicar la foto y dar información relativa a la misma.
- No incluyas el nombre de la población ni en el título ni en la descripción.
- No escribas empleando sólo letras mayúsculas.
¡Suerte, ya veremos si cumpliendo estas reglas salen muchos mas "enchufaos" y dejan de protestar!
Estoy de acuerdo con Rafa, esta vizco