Cuando he visto esta me ha hecho recordar a mi abuelo Migel Paparotp y a su hermano Martinico el Macetero, que junto con Andresico Madrigueras, según me comentaba Consuelo Lopez, la mujer de Miguel Chupaparches y tia carnal de Paco Lopez, la última maestra que enseñó este Baile tan Jimenato, que estos tres hombres fueron en sus buenos tiempos, "LOS MEJORES BAILAORES DEL BOLERO" y los ultimos que lo llegaron a practicar.
Por eso hoy he recuperado unas noyas que tenía sobre el origen de este baile tan jimenato y os las quiero transcribir a todos los foreros. Especialmente a MP que tanto añora las cosas de su querido Jimena.
EL BOLERO DE JIMENA
El Bolero de Jimena, es la danza distintiva de nuestro querido pueblo. Durante muchísimos años, hasta su total desaparición, no hubo fiesta ni lucimiento familiar que no estuviera presidido por los elegantes y bien trenzados pasos de este baile.
Su antigüedad, es venerable, como la del mismo pueblo, sin duda, una de las villas más antiguas, valga la redundancia, del antiguo Reino de Jaén. Con las modificaciones impuestas por el pasar de los años y las influencias de otros bailes, se da como cierto que el BOLERO DE JIMENA, no es otra cosa que la danza obligada que se bailaba en el siglo XVII, y tal vez antes, en la llamada PLAZA ALTA DEL POSTIGO, que hoy es la actual plaza de la villa, ante la concurrencia de muchísimos vecinos que asistían al llamado “BAILE DE LAS ANIMAS”. Era este un baile de muchísima raigambre que se llevaba a efecto por el sistema de puja o subasta, como medio para engrosar los fondos de la antiquísima HERMANDAD DE BENDITAS ANIMAS DEL PURGATORIO de la Iglesia de Santiago de Jimena. A tal efecto, cada año, el último domingo de Octubre, el PRIOSTE, ó Hermano Mayor de la Cofradía, con los dos cofrades más antiguos, formaban su tribunal al pie de la torre del Castillo en la Plaza Alta del Postigo.
Había una mesa cubierta con paños de la Cofradía y algún motivo macabro, -casi siempre era una calavera-, y en un lugar bien visible de la mesa la llamada “TAZA DE LAS ANIMAS” que era una especie de cuenco donde se recibían las limosnas. Detrás de este Tribunal, se situaban voluntariamente, para hacer una buena obra a la Cofradía, las mozas más guapas, las más graciosas, ó las que tenían merecida fama de buenas “BAILAORAS”. Pero para alcanzar esta fama, había que tejer sin “MARRA” alguna los pasos de EL BOLERO DE JIMENA. Se necesitaba una preparación concienzuda, un buen aire y elegancia, pasa de padres a hijos, como si se tratase de algo solemne y ritual. A una señal del Prioste, una de las mozas ocupaba un lugar preferente, teniendo en la mano o entre las manos la TAZA DE LAS ANIMAS.
Para bailar con esta moza, había que pujar, imponiendo el Prioste una cantidad, para el inicio de la puja, mas bien baja, para la continuación de la puja, que se hacia por los mozos asistentes, e incluso por los viejos; a veces con verdadera ferocidad por los mas jóvenes. Rematada la puja, el baile era ejecutado por la moza y el mozo que más alto pujó; y así se continuaba tantas veces como pujadores había, y hubo veces en que las rivalidades por una misma moza se pusieron de manifiesto en este secular BAILE DE LAS ANIMAS, llegándose a espectáculos violentos que iban bien con la época, aunque a nosotros nos repugnen.
Los BOLEROS DE LAS ANIMAS fueron durante, quien sabe cuantos y cuantos años, una fuente de ingresos para la Cofradía, que por este medios podía mejor atender a sus espirituales fines al mismo tiempo que servia de lugar adecuado para poner de manifiesto la predilección de un mozo por una mujer.
Bien entrado el siglo XVIII, todavía se seguían celebrando los BAILES DE LAS ANIMAS, hasta que los Obispos Visitadores decidieron suspenderlos por los actos de violencias que más de una vez tuvieron lugar.
En los documentos antiguos de la Hermandad figuraban algunas partidas de dinero que la Cofradía pago a los MÚSICOS y ALGUACILES del BAILE DE LAS ANIMAS.
Al final de estas sesiones publicas, y para cerrar la celebración, se bailaba un último BOLERO, muchas parejas, y como no, los viejos del lugar: que con garbo singular comentaban a los MOCICOS: “a ver si aprendis a mover los pies”.
El Bolero estaba presente en los actos más importantes de la vida de Jimena; BAUTIZO, PIDURIAS, CASORIOS y como no, en las HUERTAS cuando se hacían los GUISOS DE TRIGO, e incluso en los BOTIFUERAS al remate de la cosecha de aceituna.
Llegó el siglo XX y con él el mayor enemigo del BOLERO como de tantos otros bailes regionales. El BAILE AGARRAO y posteriormente estos BAILES MODERNOS, que como se oiría en nuestra lengua vernácula utilizada por alguna de aquellas Jimenatas: ESTA GENTE JOVEN DE HOY, NO SON MAS QUE UNA PATULEA DE ESABORIOS QUE PA BAILAR NO HACEN MAS QUE ASOBINASE Y BAILAR A TRANCAJAS. que irrumpieron con tal furia que en esta época, que nos ha tocado vivir, se pueden contar con los dedos de la mano las personas que en nuestro pueblo pueden tejer y destejer con los pies y con los brazos todo el primor, la poesía y el ritualismo de un baile que presidio los ratos de ocio de nuestros mayores.
El afán de todo aquel que se precie de buen jimenato debe ser resucitarlo.
Desde estas líneas quiero agradecer a ese grupo de Mujeres, jóvenes paisanas nuestras, que en fechas pasadas aunaron esfuerzos y consiguieron, en el paraje de Cánava, hacernos disfrutar del BAILE DE LAS ANIMAS.
Quiero emplazar a la Concejalía de Cultura de este Iltrmo. Ayuntamiento, para que, junto con estas jimenatas de pura cepa, aúnen esfuerzos y, juntos podamos disfrutar, a costa de lo que sea, del BAILE DE LAS ANIMAS, el ultimo domingo de octubre de cada año
A la memoria de los hermanos MIGUEL y MARTIN
LEON MEDINA,
Peceb-2009
02/04/2009
Quiero dedicarle estas líneas a
nuestra querida forera MP
y a mi hermana Pepi
con mí más cordial cariño.
Por eso hoy he recuperado unas noyas que tenía sobre el origen de este baile tan jimenato y os las quiero transcribir a todos los foreros. Especialmente a MP que tanto añora las cosas de su querido Jimena.
EL BOLERO DE JIMENA
El Bolero de Jimena, es la danza distintiva de nuestro querido pueblo. Durante muchísimos años, hasta su total desaparición, no hubo fiesta ni lucimiento familiar que no estuviera presidido por los elegantes y bien trenzados pasos de este baile.
Su antigüedad, es venerable, como la del mismo pueblo, sin duda, una de las villas más antiguas, valga la redundancia, del antiguo Reino de Jaén. Con las modificaciones impuestas por el pasar de los años y las influencias de otros bailes, se da como cierto que el BOLERO DE JIMENA, no es otra cosa que la danza obligada que se bailaba en el siglo XVII, y tal vez antes, en la llamada PLAZA ALTA DEL POSTIGO, que hoy es la actual plaza de la villa, ante la concurrencia de muchísimos vecinos que asistían al llamado “BAILE DE LAS ANIMAS”. Era este un baile de muchísima raigambre que se llevaba a efecto por el sistema de puja o subasta, como medio para engrosar los fondos de la antiquísima HERMANDAD DE BENDITAS ANIMAS DEL PURGATORIO de la Iglesia de Santiago de Jimena. A tal efecto, cada año, el último domingo de Octubre, el PRIOSTE, ó Hermano Mayor de la Cofradía, con los dos cofrades más antiguos, formaban su tribunal al pie de la torre del Castillo en la Plaza Alta del Postigo.
Había una mesa cubierta con paños de la Cofradía y algún motivo macabro, -casi siempre era una calavera-, y en un lugar bien visible de la mesa la llamada “TAZA DE LAS ANIMAS” que era una especie de cuenco donde se recibían las limosnas. Detrás de este Tribunal, se situaban voluntariamente, para hacer una buena obra a la Cofradía, las mozas más guapas, las más graciosas, ó las que tenían merecida fama de buenas “BAILAORAS”. Pero para alcanzar esta fama, había que tejer sin “MARRA” alguna los pasos de EL BOLERO DE JIMENA. Se necesitaba una preparación concienzuda, un buen aire y elegancia, pasa de padres a hijos, como si se tratase de algo solemne y ritual. A una señal del Prioste, una de las mozas ocupaba un lugar preferente, teniendo en la mano o entre las manos la TAZA DE LAS ANIMAS.
Para bailar con esta moza, había que pujar, imponiendo el Prioste una cantidad, para el inicio de la puja, mas bien baja, para la continuación de la puja, que se hacia por los mozos asistentes, e incluso por los viejos; a veces con verdadera ferocidad por los mas jóvenes. Rematada la puja, el baile era ejecutado por la moza y el mozo que más alto pujó; y así se continuaba tantas veces como pujadores había, y hubo veces en que las rivalidades por una misma moza se pusieron de manifiesto en este secular BAILE DE LAS ANIMAS, llegándose a espectáculos violentos que iban bien con la época, aunque a nosotros nos repugnen.
Los BOLEROS DE LAS ANIMAS fueron durante, quien sabe cuantos y cuantos años, una fuente de ingresos para la Cofradía, que por este medios podía mejor atender a sus espirituales fines al mismo tiempo que servia de lugar adecuado para poner de manifiesto la predilección de un mozo por una mujer.
Bien entrado el siglo XVIII, todavía se seguían celebrando los BAILES DE LAS ANIMAS, hasta que los Obispos Visitadores decidieron suspenderlos por los actos de violencias que más de una vez tuvieron lugar.
En los documentos antiguos de la Hermandad figuraban algunas partidas de dinero que la Cofradía pago a los MÚSICOS y ALGUACILES del BAILE DE LAS ANIMAS.
Al final de estas sesiones publicas, y para cerrar la celebración, se bailaba un último BOLERO, muchas parejas, y como no, los viejos del lugar: que con garbo singular comentaban a los MOCICOS: “a ver si aprendis a mover los pies”.
El Bolero estaba presente en los actos más importantes de la vida de Jimena; BAUTIZO, PIDURIAS, CASORIOS y como no, en las HUERTAS cuando se hacían los GUISOS DE TRIGO, e incluso en los BOTIFUERAS al remate de la cosecha de aceituna.
Llegó el siglo XX y con él el mayor enemigo del BOLERO como de tantos otros bailes regionales. El BAILE AGARRAO y posteriormente estos BAILES MODERNOS, que como se oiría en nuestra lengua vernácula utilizada por alguna de aquellas Jimenatas: ESTA GENTE JOVEN DE HOY, NO SON MAS QUE UNA PATULEA DE ESABORIOS QUE PA BAILAR NO HACEN MAS QUE ASOBINASE Y BAILAR A TRANCAJAS. que irrumpieron con tal furia que en esta época, que nos ha tocado vivir, se pueden contar con los dedos de la mano las personas que en nuestro pueblo pueden tejer y destejer con los pies y con los brazos todo el primor, la poesía y el ritualismo de un baile que presidio los ratos de ocio de nuestros mayores.
El afán de todo aquel que se precie de buen jimenato debe ser resucitarlo.
Desde estas líneas quiero agradecer a ese grupo de Mujeres, jóvenes paisanas nuestras, que en fechas pasadas aunaron esfuerzos y consiguieron, en el paraje de Cánava, hacernos disfrutar del BAILE DE LAS ANIMAS.
Quiero emplazar a la Concejalía de Cultura de este Iltrmo. Ayuntamiento, para que, junto con estas jimenatas de pura cepa, aúnen esfuerzos y, juntos podamos disfrutar, a costa de lo que sea, del BAILE DE LAS ANIMAS, el ultimo domingo de octubre de cada año
A la memoria de los hermanos MIGUEL y MARTIN
LEON MEDINA,
Peceb-2009
02/04/2009
Quiero dedicarle estas líneas a
nuestra querida forera MP
y a mi hermana Pepi
con mí más cordial cariño.
Pedro muchas gracias, por la dedicatoria y por el mensaje, me parece muy interesante, y me ha gustado tanto que voy a copiar el texto y guardarlo.
Saludos
Saludos
Hola MP:
Aqui llevais otro articulillo de la Historia de nuestro querido Jimena.
Espero que te os guste.
Jimena y la Orden de Calatrava
El núcleo urbano de JIMENA pudo ser, entre los siglos VIII y IX, una de las numerosas alquerías o aldeas, que según las fuentes árabes poblaban la zona de Sumuntan “Sierra Mágina”. Por su localización, en zona de frontera entre musulmanes y castellanos, tuvo una edad media muy azarosa, varias veces conquistada por unos y recuperada por los otros.
Jimena fue conquistada por Fernando III el Santo e integrada en las tierras del Concejo de Baeza. En 1434 el rey Juan II la entregó a la Orden de Calatrava, que constituyó la Encomienda de Torres, Canena, Jimena y el Heredamiento de Recena.
Durante el siglo XV, en Jimena se dieron enfrentamientos entre los Maestres de esta Orden y los partidarios de Enrique IV encabezados por el Condestable don Miguel Lucas de Iranzo. Según las Crónicas en una de las correrías del Maestre de Calatrava, don Pedro Girón, se sirvió de la villa de Jimena para refugiarse, dado que no pudo llegar a la vecina Torres, con ochocientos rocines, en sus correrías contra el rey y su condestable. Refugio que fue utilizado seis años después por don Juan de Mendoza "Comendador de la Peña de Martos y de Torres e Ximena", en sus algaradas contra los moros de Granada.
La vida para los habitante de la localidad bajo el mandato de los comendadores no fue fácil, sobre todo bajo el mandato del comendador don Juan de Mendoza, que hasta tal punto extremo su tiranía sobre los habitantes y les infirió tales agravios y opresión, que en 1486 el Concejo expresó su descontento al Maestre de la Orden, consiguiendo que se firmase por ambas partes la llamada "Capitulación de Arjonilla". En virtud de estas capitulaciones se delimitaron los derechos y obligaciones recíprocos y se confirmaron los privilegios hechos a la villa por la Orden de Calatrava. Esta capitulación fue un triunfo de los Concejos españoles sobre el poder de las Órdenes.
Carlos V vendió Jimena a su secretario Don Francisco de los Cobos gran mecenas del renacimiento en Úbeda y su comarca. Desde estas fechas la localidad formó parte del extenso señorío de Don Francisco de los Cobos y después de sus descendientes, los Marqueses de Camarasa, hasta la extinción de los privilegios señoriales en 1812.
Las Capitulaciones de Arjonilla
La capitulación de Torres, Jimena y el heredamiento de Recena, se hizo en Arjonilla y se autorizó el 4 de febrero de 1486 por Fray García López de Padilla, Maestre de caballería de la Orden de Calatrava y firmado por su secretario Juan de Villasán, y fue motivada porque el Concejo, Alcalde, Regidores, Oficiales y hombres buenos de la villas de Jimena y Torres se quejaban de los agravios que les infería Fray Juan de Mendoza, Comendador de ella por el expresado Maestre.
El Comendador y los representantes populares fueron llamados a Arjonilla y después de oídos se acordó la capitulación. Quedaron confirmados los privilegios y concesiones hechas a Jimena por los comendadores anteriores.
Se anuló una carta del anterior Maestre y se estableció el día de San Juan para reunirse los vecinos y se eligieran Alcalde, Alguacil, Jurados, Mayordomos y oficiales, y que presentada la lista al Comendador, este elija un Alcalde y otro el Concejo; y así mismo el Concejo los demás oficiales.
Todos los oficiales entenderían en primera instancia; en Comendador en segunda, y en las resoluciones contra éste que se apelare ante el Maestre de la Orden. Se prohibió que el comendador ordenase a los vecinos servirle en guerra y si en sus haciendas con sus personas y acémilas, y que llevasen aquellas cartas que él les ordenare. Sólo lo harían por orden del Maestre y con la del Comendador en caso de rebato, "según se suele fazer é se faze en todos los lugares de la frontera".
Sólo servirían al Comendador en sus haciendas por su gusto o pagándoles su trabajo. Llevarían cartas si fuesen para el Maestre, por cosas que cumpliesen a su servicio.
Cuando los vecinos trabajasen en cuadrilla en las obras del castillo, de los molinos, de las casas de "fornos" u otras posesiones de la Orden, sería necesario pagarles a los peones ocho maravedíes, a los muchachos cuatro y por el asno otros cuatro.
Si el Comendador necesitaba peones para sus propiedades debía pagarlos previo contrato con los interesados.
La costumbre de traer vino para la guarnición del castillo continuaría, trayendo cada acémila una corambre, pero dando el Comendador un hombre de ayuda y pagando el mantenimiento de éste o pagando el salario del vecino, dueño de la caballería.
Las piedras para los molinos serían compradas de las canteras del pueblo. El Comendador daría, además de pagarlas, maestros y oficiales para extraerlas. Igualmente pagaría los materiales para hacer las casas de los molinos, o para techarlas de tejas o retama y los jornaleros del maestro y albañiles, pero sería obligación de los vecinos el acarreo de los materiales.
Lo propio dispuso en cuanto a las obras del horno y que se concertaren el comendador y el Concejo sobre los días de cocción del pan para que por causa de unos no padeciesen hambre otros.
Que el Comendador no apartase para él terrenos de pastos y que en todo el término pudiesen pastar los ganados de los vecinos, sin que por ello fuesen presos ni castigados.
Que hubiere información sobre la tala de maderas, venta y utilización de ellas, quema de las mismas para hacer carbón e impuestos que por ambas cosas cobraba el Comendador.
Que se abriese información para depurar si era cierto que la dehesa del Concejo "que es desde Cerrogordo, fasta la Senda Somera y el Puerto Blanco” la vendió el Concejo a los vecinos de Ximena y el Comendador se la apropió y tomó el importe de la venta, para venderla él a quién quisiera y lucrarse con su valor.
El pueblo tenía una dehesa cerca del río Torres, que había permutado con otra del Comendador por ser aquella en lugar peligroso por la vecindad de los moros. Tras la conquista de Cambil y la Mata Bejid, desaparecido aquel peligro, algunos vecinos sembraron la dehesa y el Comendador cobró diezmo y terrazgo y utilizó los rastrojos.
En la capitulación se ordena que se deshaga el truque y que cada dehesa vuelva a poder de su primitivo propietario, alzado cada uno lo que en ella hubiere sembrado.
Que sólo se cobraran tres blancas por cada buey, res o puerco que salga del término, y no el medio real que aumentaba el Comendador, con lo que retraía a los ganaderos que no acudían allí a hacer sus transacciones.
Que los vecinos pudieran sembrar sin dar tributo alguno y que en lugar de abonar los compradores forasteros cien maravedíes por carga, "que es el agravio mayor que en toda la tierra se recibe" abonen sólo por cada carga veinticuatro maravedíes.
Que el Comendador no imponga penas a carniceros, pescaderos, taberneros y panaderos, por ser función propia del Concejo, y que el Concejo no imponga aquellas que no hubieran sido autorizadas por los anteriores comendadores.
Que el Comendador tuviera para pescar en el río "desde el camino de Jaén hasta la Presa" y lo demás que sea para pescar el pueblo. Facultad para tomar semental de convecino en caso de que él que el Comendador ofrecía fuera flaco o viejo y tal que no fuese bueno para ello.
Que fuesen juntos los ganados del Comendador y los de los vecinos pero que aquel pague a los guardas y estos no tengan que pagarle las reses que mataren o se llevaren los lobos.
Quejábanse los vecinos que el día de Pascua de Navidad y el de Carnestolendas daba cada uno al Comendador un par de gallinas y que por cada una de aquellas pagaba seis maravedíes y que además les obligaba a vender las pollas a cuatro y los pollos a tres. Se capituló que se entregaran al precio señalado las gallinas en aquellas dos fechas, pero que de otras se concertare el precio corriente.
Los guardas del monte los pondría el Comendador y los de las Dehesas el Concejo.
En el llamado sitio de las Huertas del Cuarto y Vila, sólo podrían cortarse maderas para arados, angarillas y horcas para coger el pan pero no por los forasteros.
Se autorizó libremente a los vecinos, para la utilidad de sus casas, la corta de madera de pino y de nogal y la caza de puercos y cabras.
Con esto y con la penalidad de diez mil maravedíes a cada parte que quebrantase lo capitulado quedó la concordia hecha.
Peceb, 2007.
03/04/2007
Aqui llevais otro articulillo de la Historia de nuestro querido Jimena.
Espero que te os guste.
Jimena y la Orden de Calatrava
El núcleo urbano de JIMENA pudo ser, entre los siglos VIII y IX, una de las numerosas alquerías o aldeas, que según las fuentes árabes poblaban la zona de Sumuntan “Sierra Mágina”. Por su localización, en zona de frontera entre musulmanes y castellanos, tuvo una edad media muy azarosa, varias veces conquistada por unos y recuperada por los otros.
Jimena fue conquistada por Fernando III el Santo e integrada en las tierras del Concejo de Baeza. En 1434 el rey Juan II la entregó a la Orden de Calatrava, que constituyó la Encomienda de Torres, Canena, Jimena y el Heredamiento de Recena.
Durante el siglo XV, en Jimena se dieron enfrentamientos entre los Maestres de esta Orden y los partidarios de Enrique IV encabezados por el Condestable don Miguel Lucas de Iranzo. Según las Crónicas en una de las correrías del Maestre de Calatrava, don Pedro Girón, se sirvió de la villa de Jimena para refugiarse, dado que no pudo llegar a la vecina Torres, con ochocientos rocines, en sus correrías contra el rey y su condestable. Refugio que fue utilizado seis años después por don Juan de Mendoza "Comendador de la Peña de Martos y de Torres e Ximena", en sus algaradas contra los moros de Granada.
La vida para los habitante de la localidad bajo el mandato de los comendadores no fue fácil, sobre todo bajo el mandato del comendador don Juan de Mendoza, que hasta tal punto extremo su tiranía sobre los habitantes y les infirió tales agravios y opresión, que en 1486 el Concejo expresó su descontento al Maestre de la Orden, consiguiendo que se firmase por ambas partes la llamada "Capitulación de Arjonilla". En virtud de estas capitulaciones se delimitaron los derechos y obligaciones recíprocos y se confirmaron los privilegios hechos a la villa por la Orden de Calatrava. Esta capitulación fue un triunfo de los Concejos españoles sobre el poder de las Órdenes.
Carlos V vendió Jimena a su secretario Don Francisco de los Cobos gran mecenas del renacimiento en Úbeda y su comarca. Desde estas fechas la localidad formó parte del extenso señorío de Don Francisco de los Cobos y después de sus descendientes, los Marqueses de Camarasa, hasta la extinción de los privilegios señoriales en 1812.
Las Capitulaciones de Arjonilla
La capitulación de Torres, Jimena y el heredamiento de Recena, se hizo en Arjonilla y se autorizó el 4 de febrero de 1486 por Fray García López de Padilla, Maestre de caballería de la Orden de Calatrava y firmado por su secretario Juan de Villasán, y fue motivada porque el Concejo, Alcalde, Regidores, Oficiales y hombres buenos de la villas de Jimena y Torres se quejaban de los agravios que les infería Fray Juan de Mendoza, Comendador de ella por el expresado Maestre.
El Comendador y los representantes populares fueron llamados a Arjonilla y después de oídos se acordó la capitulación. Quedaron confirmados los privilegios y concesiones hechas a Jimena por los comendadores anteriores.
Se anuló una carta del anterior Maestre y se estableció el día de San Juan para reunirse los vecinos y se eligieran Alcalde, Alguacil, Jurados, Mayordomos y oficiales, y que presentada la lista al Comendador, este elija un Alcalde y otro el Concejo; y así mismo el Concejo los demás oficiales.
Todos los oficiales entenderían en primera instancia; en Comendador en segunda, y en las resoluciones contra éste que se apelare ante el Maestre de la Orden. Se prohibió que el comendador ordenase a los vecinos servirle en guerra y si en sus haciendas con sus personas y acémilas, y que llevasen aquellas cartas que él les ordenare. Sólo lo harían por orden del Maestre y con la del Comendador en caso de rebato, "según se suele fazer é se faze en todos los lugares de la frontera".
Sólo servirían al Comendador en sus haciendas por su gusto o pagándoles su trabajo. Llevarían cartas si fuesen para el Maestre, por cosas que cumpliesen a su servicio.
Cuando los vecinos trabajasen en cuadrilla en las obras del castillo, de los molinos, de las casas de "fornos" u otras posesiones de la Orden, sería necesario pagarles a los peones ocho maravedíes, a los muchachos cuatro y por el asno otros cuatro.
Si el Comendador necesitaba peones para sus propiedades debía pagarlos previo contrato con los interesados.
La costumbre de traer vino para la guarnición del castillo continuaría, trayendo cada acémila una corambre, pero dando el Comendador un hombre de ayuda y pagando el mantenimiento de éste o pagando el salario del vecino, dueño de la caballería.
Las piedras para los molinos serían compradas de las canteras del pueblo. El Comendador daría, además de pagarlas, maestros y oficiales para extraerlas. Igualmente pagaría los materiales para hacer las casas de los molinos, o para techarlas de tejas o retama y los jornaleros del maestro y albañiles, pero sería obligación de los vecinos el acarreo de los materiales.
Lo propio dispuso en cuanto a las obras del horno y que se concertaren el comendador y el Concejo sobre los días de cocción del pan para que por causa de unos no padeciesen hambre otros.
Que el Comendador no apartase para él terrenos de pastos y que en todo el término pudiesen pastar los ganados de los vecinos, sin que por ello fuesen presos ni castigados.
Que hubiere información sobre la tala de maderas, venta y utilización de ellas, quema de las mismas para hacer carbón e impuestos que por ambas cosas cobraba el Comendador.
Que se abriese información para depurar si era cierto que la dehesa del Concejo "que es desde Cerrogordo, fasta la Senda Somera y el Puerto Blanco” la vendió el Concejo a los vecinos de Ximena y el Comendador se la apropió y tomó el importe de la venta, para venderla él a quién quisiera y lucrarse con su valor.
El pueblo tenía una dehesa cerca del río Torres, que había permutado con otra del Comendador por ser aquella en lugar peligroso por la vecindad de los moros. Tras la conquista de Cambil y la Mata Bejid, desaparecido aquel peligro, algunos vecinos sembraron la dehesa y el Comendador cobró diezmo y terrazgo y utilizó los rastrojos.
En la capitulación se ordena que se deshaga el truque y que cada dehesa vuelva a poder de su primitivo propietario, alzado cada uno lo que en ella hubiere sembrado.
Que sólo se cobraran tres blancas por cada buey, res o puerco que salga del término, y no el medio real que aumentaba el Comendador, con lo que retraía a los ganaderos que no acudían allí a hacer sus transacciones.
Que los vecinos pudieran sembrar sin dar tributo alguno y que en lugar de abonar los compradores forasteros cien maravedíes por carga, "que es el agravio mayor que en toda la tierra se recibe" abonen sólo por cada carga veinticuatro maravedíes.
Que el Comendador no imponga penas a carniceros, pescaderos, taberneros y panaderos, por ser función propia del Concejo, y que el Concejo no imponga aquellas que no hubieran sido autorizadas por los anteriores comendadores.
Que el Comendador tuviera para pescar en el río "desde el camino de Jaén hasta la Presa" y lo demás que sea para pescar el pueblo. Facultad para tomar semental de convecino en caso de que él que el Comendador ofrecía fuera flaco o viejo y tal que no fuese bueno para ello.
Que fuesen juntos los ganados del Comendador y los de los vecinos pero que aquel pague a los guardas y estos no tengan que pagarle las reses que mataren o se llevaren los lobos.
Quejábanse los vecinos que el día de Pascua de Navidad y el de Carnestolendas daba cada uno al Comendador un par de gallinas y que por cada una de aquellas pagaba seis maravedíes y que además les obligaba a vender las pollas a cuatro y los pollos a tres. Se capituló que se entregaran al precio señalado las gallinas en aquellas dos fechas, pero que de otras se concertare el precio corriente.
Los guardas del monte los pondría el Comendador y los de las Dehesas el Concejo.
En el llamado sitio de las Huertas del Cuarto y Vila, sólo podrían cortarse maderas para arados, angarillas y horcas para coger el pan pero no por los forasteros.
Se autorizó libremente a los vecinos, para la utilidad de sus casas, la corta de madera de pino y de nogal y la caza de puercos y cabras.
Con esto y con la penalidad de diez mil maravedíes a cada parte que quebrantase lo capitulado quedó la concordia hecha.
Peceb, 2007.
03/04/2007