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JIMENA: Una sola sentencia no sienta jurisprudencia, tengo...

Tres madrilitas, llevabamos mucho tiempo sin juntarnos los tres y puedo aseguraros que la noche fue amena y larga.
Un saludo.
Mariano

Doblete de un Messi que ya suma 25 goles en Liga
Los penaltis salvan al Barça ante el colista.
¿Cuantos penaltis llevan pitados a favor?

¡No le tires de la lengua al "Palomero"!, que cuando termine de borrarle la "estelada" al palomo culé, ya verás como le pitan los oídos al sr. colegiado Prieto Iglesias. ¿Ya estas en Pamplona?.

Saludos,

Que no es esa la bandera que lleva el palomo, que es con la que dan por.... todos los 14 de abril.

¡Un respeto a esa bandera!. Que para algunos foreros es la que sigue en nuestras solapas.

De momento la Constitución dice que solo hay una bandera, ¡y recuerda, cinco años no le pueden hacer sombra a trescientos! y de pasada te voy a recordar que tan República fué la primera como la segunda y no se entretuvieron en caprichos tontos.

Hay otros que no opinan como tú y me parece que son Jueces. ¡Vamos! no creo que sean vulgares tertulianos los miembros del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid. Esta fue su sentencia:

“Mostrar banderas republicanas está amparado por los artículos de la Constitución que protegen la libertad ideológica y de expresión. Y así se contempla en una sentencia dictada por la Sección Novena de la Sala de Lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en 2003”.

Ponte a estudiar Derecho y se lo rebates documentadamente.

Saludos,

Constitución Española; Título Preliminar:
... Artículo 4

1.- La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.

2.- Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales...."

Que yo vea aquí no encaja la dicha bandera que tu mencionas, por lo que creo que no hay que estudiar derecho para constatar los hechos que están por Derecho.

Que yo tenga entendido, tanto -a, como -in, son particulas que denotan extrapolación de la esencia, me da igual "aconstitucional que inconstitucional", o todos moros o todos cristianos.

Pro cierto no todos los jueces interpretan las sentencias de la misma forma, en ocasiones unos dan una versión y otros la antagónica, y todos creo que han estudiado Derecho, por eso pienso que es mejor, en ocasiones, andar "torcido" que "encorsetado por los sabios de turno".

Cuando uno utiliza una argumentación si no aportas las "pruebas" se queda solo en las ganas que tengas de que sea lo que tú quieras.

Si conoces alguna sentencia judicial que avale tu "tesis" nos gustaría conocerla. Yo he aportado la mía.

Por si alguien no se entera: lucir la bandera franquista del "aguilucho" es anticonstitucional y está fuera de la legalidad. En cambio, hacerlo con la republicana es legal y está amparada por la Constitución.

Te estas liando, Luis. Ya tenemos claro que, según la sentencia que citas, mostrar una es delito y la otra no. Pero ninguna de las dos es constitucional. ¿Es así?.
Por favor mándame la sentencia que quiero ver algo más que los titulares

Una sola sentencia no sienta jurisprudencia, tengo entendido yo, para evitar el partidismo que puede generar una corriente similar.
Respuestas ya existentes para el anterior mensaje:
Además no se como te atreves, ahora que está tan de moda las decisiones partiditas del Parlament Catalá para el resto de españoles, de hacer "urbi et orbi" de la sentencia dictada por los miembros del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid.