Yo esto de las banderas no sé a qué viene, pero bueno, hay va una opinión:
Artículo 4 de la Constitución: “La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.”
El Real Decreto de 28 de mayo de 1785 implantó la rojigualda como bandera naval española (Gil, bandera naval). En nuestra Constitución no se menciona ni una sola vez el escudo de España, es en la Ley 33/1981, llamada también Ley de Banderas, en que quedó definido dicho escudo, y en su disposición transitoria primera se dice que el uso del escudo nacional obliga a los organismos públicos, no a los particulares; es decir, que si en lugar del escudo ponemos el toro de Osborne, como se ha visto en numerosas ocasiones, lo puedes hacer, siempre y cuando no coloques esa bandera en un organismo oficial.
La bandera oficial de España está regulada en la citada Ley de Banderas y, por supuesto uno puede usar libremente la bandera tricolor, la del águila, la del toro y la que le dé la gana. La Sentencia 1335/2003, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, estipuló que exhibir la bandera republicana no es ni ilegal ni inconstitucional, en contra de la resolución del Alcalde de Torrelodones que ordenaba retirar una bandera republicada de una caseta de ferie de IU por considerarla inconstitucional.
Mucho mas curioso que todo esto es la intrahistoria de la rojigualda:
“Hay que recordar que la rojigualda es una bandera que tiene un notorio arraigo en España. En 1808 la enarbolaron muchos españoles como expresión de su patriotismo en la Guerra de la Independencia, a pesar de que entonces dicha bandera sólo era el pabellón naval, pero no la bandera nacional con carácter oficial (empezó a serlo en 1843 durante el reinado de Isabel II). Tal era el aprecio popular por esa enseña que en contra de lo que creen algunos, la Primera República de 1873 conservó la bandera roja y gualda, limitándose a suprimir la corona real y el emblema de los Borbones en el escudo. El diseño básico de la bandera se conservó hasta 1931, al instaurarse la Segunda República. El segundo régimen republicano cambió el rojo de la tercera franja por el morado por una confusión entre ambos colores, al considerar que el morado era el color del pendón de Castilla, enarbolado por los comuneros. Sin embargo, y como revelan la mayor parte de las representaciones heráldicas del escudo de Castilla llegadas hasta nuestros días, las armas castellanas tenían un fondo rojo carmesí, no morado. Si se interpretó como tal fue por la degradación del color en las banderas más viejas de las conservadas hasta entonces. Tema aparte es el curioso hecho de que los secesionistas de hoy prefieran la tricolor a la rojigualda, cuando la tricolor se diseñó por la inspiración castellanista de los republicanos de la época".
Artículo 4 de la Constitución: “La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.”
El Real Decreto de 28 de mayo de 1785 implantó la rojigualda como bandera naval española (Gil, bandera naval). En nuestra Constitución no se menciona ni una sola vez el escudo de España, es en la Ley 33/1981, llamada también Ley de Banderas, en que quedó definido dicho escudo, y en su disposición transitoria primera se dice que el uso del escudo nacional obliga a los organismos públicos, no a los particulares; es decir, que si en lugar del escudo ponemos el toro de Osborne, como se ha visto en numerosas ocasiones, lo puedes hacer, siempre y cuando no coloques esa bandera en un organismo oficial.
La bandera oficial de España está regulada en la citada Ley de Banderas y, por supuesto uno puede usar libremente la bandera tricolor, la del águila, la del toro y la que le dé la gana. La Sentencia 1335/2003, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, estipuló que exhibir la bandera republicana no es ni ilegal ni inconstitucional, en contra de la resolución del Alcalde de Torrelodones que ordenaba retirar una bandera republicada de una caseta de ferie de IU por considerarla inconstitucional.
Mucho mas curioso que todo esto es la intrahistoria de la rojigualda:
“Hay que recordar que la rojigualda es una bandera que tiene un notorio arraigo en España. En 1808 la enarbolaron muchos españoles como expresión de su patriotismo en la Guerra de la Independencia, a pesar de que entonces dicha bandera sólo era el pabellón naval, pero no la bandera nacional con carácter oficial (empezó a serlo en 1843 durante el reinado de Isabel II). Tal era el aprecio popular por esa enseña que en contra de lo que creen algunos, la Primera República de 1873 conservó la bandera roja y gualda, limitándose a suprimir la corona real y el emblema de los Borbones en el escudo. El diseño básico de la bandera se conservó hasta 1931, al instaurarse la Segunda República. El segundo régimen republicano cambió el rojo de la tercera franja por el morado por una confusión entre ambos colores, al considerar que el morado era el color del pendón de Castilla, enarbolado por los comuneros. Sin embargo, y como revelan la mayor parte de las representaciones heráldicas del escudo de Castilla llegadas hasta nuestros días, las armas castellanas tenían un fondo rojo carmesí, no morado. Si se interpretó como tal fue por la degradación del color en las banderas más viejas de las conservadas hasta entonces. Tema aparte es el curioso hecho de que los secesionistas de hoy prefieran la tricolor a la rojigualda, cuando la tricolor se diseñó por la inspiración castellanista de los republicanos de la época".
Pues esto de las banderas viene porque ha llegado a mi poder un palomo catalán que tiene en el ala izquierda la tricolor, pero me he dado cuenta, quizás un poco tarde, que tiene los colores dibujados al revés, pues empieza en morado, amarillo y rojo, los que adulan esta bandera ya se estarán dando cuenta que cuando se usan estos colores, siempre conduce a confusiones, ya que el poco tiempo de su uso no produjo costumbre de uso.
Paco, el palomo es legal. A lo dicho, feliz cumpleaños.
Hola Paloeero!
Aunque un poquito tarde, te deseo que pases un feliz dia de tu cumple. Un abrazo.
... y que grande eres chispita!
Aunque un poquito tarde, te deseo que pases un feliz dia de tu cumple. Un abrazo.
... y que grande eres chispita!