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VALLE DE ABDALAJIS: ASOCIACION DE VECINOS...

ASOCIACION DE VECINOS
NESCANIA

CAPITULO 1. Denominación, objetivos, domicilio y ambito territorial.

Articulo 1. Denominación. Con la denominación de “ASOCIACIÓN DE VECINOS DE VALLE DE ABDALAJIS”, se constituye en esta ciudad la citada asociación, para lograr objetivos de interés general, sin afán de lucro, abierta a todos los residentes en su ámbito territorial, todo ello de acuerdo com la vigente Ley Orgnica 1/2002 de 22 de marzo reguladora del Derecho de Asociación.

Articulo 2. Objetivos. De modo particular, los siguientes:

A-Defensa de los intereses generales de los vecinos, en calidad de usuarios y destinatarios finales de la actividad urbanística, cultural, deportiva, sanitaria, de vivienda, social, económica, de consumo, de participación en asuntos de interés general de la ciudad, etc, fomentando las medidas participativas mas adecuadas.

B-Informar y apoyar a los vecinos en todas las cuestiones que afecten a sus intereses generales.

C-Asumir la representación de los vecinos del ámbito territorial adoptando las resoluciones y llevando a término las actuaciones que por importancia o interés les afecten individual o colectivamente, o a los intereses generales de la ciudad.

D-Fomentar el asociacionismo entre los vecinos del ámbito territorial como instrumento de participación y defensa de los intereses generales de los vecinos.

E-Vigilar y exigir que las abministraciones publicas en su respectivos ámbitos de competencias, cumplan escrupulosamente con sus obligaciones de promover y facilitar el desarrollo de asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones que persigan el interés general.

F-exigir a ls administraciones publicas, en sus respectivos ámbitos de competencias, el cumplimiento de los derechos reconocidos por la Ley Organica 1/2002, sus normas de desarrollo y los reglamentos municipales, en orden a:

1. recibir información directa de los asuntos que son de interés común.
2. Participar de las subvenciones publicas para el desarrollo del proyecto y actividades.
3. Establecer convenios de colaboración en programas de interés general.
4. Ser declarada de utilidad publica.
5. Intervenir en todos los ámbitos de las administraciones públicas para defender los intereses generales de los vecinos
6. utilizar los medios públicos (locales, salas de reuniones, centros sociales, radio, etc) para el ejercicio de sus funciones de representación y defensa de los intereses de los vecinos.
7. Ejercitar el derecho de iniciativa popular.
8. Ser escuchada en los plenos y Comísiones municipales en los asuntos que afecten de modo particular o general (elaboración de disposiciones generales) a los vecinos de su ámbito territorial.

Para el logro completo de los objetivos enumerados la asociación asignara vocalías, secciones, departamentos de asesoramiento, de informacion y servicio -interno o externo- en la medida necesaria.

Articulo 3- el domicilio social o sede de la Asociación esta en la calle …............................. .............................. ......, de esta ciudad, pudiendo trasladarlo cuando así lo acuerde la Junta Directiva.

Articulo 4- El ámbito territorial queda delimitado a su (TERMINO MUNICIPAL)

Articulo 5-La asociación se constituye por tiempo indefinido.

Articulo 6-La asociación disfrutara de personalidad propia e independencia de cada uno de sus miembros y capacidad suficiente para adquirir, poseer, enajenar cualquier clase de bienes, celebrar contratos, crear y fomentar cooperativas de servicios, asociarse o federarse con otras asociaciones, obligarse y ejercitar toda clase de acciones legales, privadas, judiciales, que sean necesarias para el cumplimiento y desarrollo de sus fines y objetivos.

Articulo 7-La asociación se regirá por las disposiciones de la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo reguladora del derecho de asociación, su reglamento de desarrollo, por estos Estatutos y por un Régimen Interno que redactado por la Junta Directiva deberá aprobar la asamblea general.