Tras la batalla de Cutanda 8 (1120) en la que Alfonso I el Batallador venció a los almorávides,
Piedrahita se situaba en la
Extremadura Aragonesa, un territorio que era preciso repoblar urgentemente. Por dichas repoblaciones se utilizaban los fueros o cartas pueblas, concesiones personales del rey o del Señor, con importantes ventajas fiscales, con el fin de atraer a los nuevos pobladores a territorios fronterizos.
estos documentos
medievales regulaban la relación de la comunidad rural con la tierra, registraban las obligaciones fiscales de los pobladores, establecían el poder local y la estructura administrativa de los municipios.
Piedrahíta fue un caso particular en
Aragón. No todos los
pueblos contaban con fueros particulares, sino que en la mayoría de las ocasiones se regulaban a partir del fuero más importante de la zona (Daroca,
Teruel,
Zaragoza...)
Sin embargo a Piedrahita el propio Alfonso I el Batallador le concedió un fuero en el que se establecía una serie de premisas que regulaban la vida en Piedrahita.
Piedrahita contaría con seis jueces; el
mercado se celebraría el martes; la
feria en los días del mes de marzo; a partir del año se podrían vender las
casas e irse los hombres de Piedrahita donde quisiesen; estaban exentos del tributo para gastos de guerra hasta el sexto año...