ACTITUDES CRÍTICAS CONTRA LOS GUANCHES
Actas del Cabildo de
Tenerife en 1504 y 1513.—«Todos los guanches y guanchas cautivos no pudiesen ser horros (libres) sin servir primero diez e seis años a su señor por los muchos daños e robos que hacían los dichos guanches, pastores de los
ganados».—«Ordenaron que ningún guanche pueda tener ni tenga agora (ahora), sea horro o cautivo, ningunas armas ni género de ellas ofensivas ni defensivas».—«Son personas muy ligeras e muy astutos y criados en los
campos e
montañas tras las
cabras e
ovejas y, si los dichos ganados de los vecinos e moradores los guardan algunos pastores guanches esclavos, estos tales tienen tal sagacidad y poco a poco hurtan a sus amos del
ganado e guardan y danlos a los otros guanches libres, y después mércanlos (negocian) e ahórranlos, con lo que así han habido de lo que así hurtaron a sus señores y aun los dichos amos no se o osan reprender porque no se le alzen e huigan a las montañas y les destruigan los que les quedan».