En
San Juan de la Rambla, al igual que en otros lugares de
Canarias, era
costumbre enterrar a los fallecidos bajo el suelo de las
iglesias. Hasta el siglo XIX se llevó a cabo esta práctica, sobre la que no repercutió la Real Cédula de 1787 promulgada por el Rey Carlos III (en la que se establecía la obligación de construir recintos específicamente dedicados a la recepción de cadáveres en pro de la salud pública). Sin embargo, a mediados del siglo XIX, la situación en la
Iglesia de San Juan (sitio donde tenían lugar los enterramientos) se volvió insostenible: la falta de espacio y la higiene fueron los motivos que llevaron al
Ayuntamiento de la época a tomar la decisión de construir un
cementerio a la salida del
pueblo. El solar elegido para la construcción del camposanto fue
comprado por José Oramas Hernández, hermano del párroco, Basilio Oramas Hernández, con el fin de evitar los trámites de una expropiación. En general, la
familia Oramas Hernández realizó diversas contribuciones para la construcción del cementerio, que fue terminado en el año 1851.