"DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS
Artículo 24.
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas."
Artículo 24.
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas."
Sigo insistiendo en el tema, ¿por que eliminaste el mensaje anterior en el que decías que porqué Aldea iba a ser distinto en esto del respeto por los derechos humanos? y lo has vuelto a publicar sin esa coletilla, temes a alguien o es qeu la conciencia no te deja tranquilo cuando opinas sobre estos temas.