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EL HOYO: José Antonio:...

José Antonio:
Estoy de acuerdo contigo en que las dimensiones de los caminos deben ser los que fija la sentencia del Supremo. Pero el objeto de un deslinde no se realiza únicamente cuando se va a expropiar, sino para fijar cuál es el aunténtico trazado de un camino o los verdaderos límites de una finca.
Si se actúa sobre el camino, y el propietario de la finca demuestra después que te has salido del trazado e invadido su propiedad, podemos volver a las andadas.
Me consta, porque lo he hablado con él, que Antonio está muy interesado en este tema. No sólo en el Camino de Andalucía, sino en todos, y que es consciente que abrir los caminos puede ofrecer muchas posibilidades de fomentar el turismo rural.
Un saludo.
Marce.
Respuestas ya existentes para el anterior mensaje:
Marce:
Que no nos liemos. Que el trazado, dimensiones y demás son los que en base bien fundadas en memoria, planos y documentos de todo tipo presentó el Ayuntamiento, con peso probatorio según la STSJ de Albacete para realizar el Inventario en su anexo I, siendo "caminos de dominio público los incluidos en la relación y que se recogen en el plano anexo a la misma...". La anchura, el trazado, la longitud y demás queda patente en el Anexo I correspondiente que el Supremo da por bueno. Y las fincas ... (ver texto completo)