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EL HOYO: Carlos:...

José A. Fdez., aunque no te conozco –tal vez de vista, como a muchos de los foreros- te devuelvo el saludo y respondo a tu invitación a escribir, aunque creo que tengo dicho lo que pienso al respecto. Sin embargo, y debido a que pienso de modo diferente a ti, repetiré mi opinión respecto al Camino de Andalucía y otros en similar situación.
Vaya por delante que confío en el asesoramiento jurídico que recibe el Ayuntamiento de Mestanza. Nadie mejor informado que el/los abogados que estén trabajando en el asunto para saber cómo actuar en este caso. Igualmente confío en el Alcalde de Mestanza, ya que si publica un Inventario de Caminos y desarrolla una Ordenanza de uso, y se inventarían estos caminos de los que hablamos, debe ser porque quiera “hacer algo”. De lo contrario se hubiese estado quitecito.
En la misma línea y con la inseguridad que implica el hecho de tener unas fuentes de información indirectas, creo que hasta la fecha lo único firme es que existen o existían y son de dominio público los caminos inventariados.
Cosa distinta es determinar su trazado y anchura exactos. En eso la Sentencia del TS no entra.
El dominio público es, por definición, inembargable, imprescriptible e inalienable. Es decir, que pase lo que pase (salvo que sea expresamente desafectado, pero eso es algo excesivamente técnico en lo que no entraré) allí donde hubiera un camino público, seguirá estando por mucho que “temporalmente” algún particular tenga su posesión o pretenda su apropiación. (Los bienes privados -a diferencia del dominio público-, pueden ser adquiridos por su ocupación ininterrumpida y duradera en el tiempo).
La Administración tiene competencias para deslindar directamente los bienes de dominio público –a diferencia de los particulares que requiere la presencia y anuencia de todas las partes y en caso de discrepancias, la intervención judicial-. Existe un procedimiento reglamentado para ello y no es tan complejo como parece.
Ahora bien, cuando como en este caso, la Administración ha perdido la posesión del camino y además existe confusión en cuanto al trazado y la anchura que primitivamente tenía, no hay otro remedio que acudir a la figura del deslinde. Para ello es previo –y además de justicia-, que la Administración investigue cual era la realidad histórica del camino. Es imprescindible conocer por donde discurría y con qué anchura.
Es y sería injusto, que si un camino tenía originariamente una anchura de 3 metros (por decir algo), ahora, por el mero hecho de aprobar un inventario, y catalogar un camino como de una determinada categoría, al redactar una Ordenanza en la que se diga que la anchura de esa categoría de camino es de 4 metros, se prive a los propietarios de esos 3 metros que nunca han sido públicos. Y con más guasa aún: imaginemos un camino público con una anchura actual de dos metros, en el que por cada lado linde un propietario diferente ¿A quien de ellos le quitan el metro que faltan y porqué? ¿Y si uno de ellos linda con una vivienda por un lado y por el otro con suelo sin edificar…? El papel lo aguanta todo, pero la realidad es la que es (no sólo es una frase tonta como parece)
Pues la Sentencia del TS no ampara otra cosa que la “corrección jurídica” del Inventario y la Ordenanza, dejando a un lado la realidad de los trazados, anchuras, etc… No debemos olvidar, que para lo bueno y para lo malo, por la finca en cuestión discurre un cordel (que tiene una anchura de 37,5 metros). ¿Alguien cree que el TS ha regalado a este señor los metros restantes? ¿Podría decir este señor que como la Ordenanza dice que el ancho del camino es 4 el TS y el Ayuntamiento admiten que el resto –una minucia de 32,5 metros por toda la longitud del cordel - es suyo?
En mi opinión y salvo mejor criterio, lo que toca es averiguar trazado y anchura histórica de los caminos y vías pecuarias que discurren. (Por cierto, si mal no recuerdo, la competencia sobre vías pecuarias es autonómica y no municipal). Una vez documentados –al final el tema acabará en los Tribunales, así que mejor estar bien documentado desde el principio- ejecutar el deslinde y acondicionar los caminos. Si por la razón que sea, al Ayuntamiento no puede acreditar que el ancho real en algún punto del camino es igual o superior al que dice la Ordenanza que debe tener, lo que tiene que hacer no es otra cosa que expropiar –siguiendo el procedimiento legalmente establecido- y pagar los metros que ocupe.
Y ya puestos, lo deseable sería instar a la Consejería de Agricultura para que haga lo propio con las vías pecuarias y cese el aprovechamiento abusivo e ilícito que de ellas se viene haciendo por ciertos particulares, recupere la efectiva posesión de las mismas y ponga en valor los recursos naturales y patrimoniales que suponen.
Perdonad el ladrillazo pero son cuestiones difíciles de explicar. Del resto de cuestiones que afectan al Hoyo me cuesta opinar ya que no las conozco con suficiente detalle (salvo esos parches de asfalto frío que han puesto este verano, que me parece que no van durar mucho…). Y que efectivamente, el poder desgasta y corrompe. Suele ocurrir que un alcalde entra con muchas ganas y con el paso de los años se acomoda y se deja llevar por malos hábitos (se endiosa, se hace permeable al favoritismo, nepotismo, etc…) Sin embargo, la política local, y más aún en lugares como El Hoyo, no entiende de siglas ni partidos, eso queda para “los de arriba”. Aquí toca servir a los convecinos y defender los intereses del pueblo, por eso debería ser más fácil formar una lista abierta y hacer una política participativa. Existen fórmulas para ello –además del Concejo Abierto, del que no tenemos tradición en la zona-, que permitirían la participación ciudadana en los actos más importantes del municipio: elaboración del presupuesto anual, redacción de las normas urbanísticas, consulta acerca de las decisiones más importantes que afectan al pueblo, plenos abiertos, etc… Y para mi es tan sencillo como adquirir el compromiso con tus convecinos de trabajar y funcionar de una determinada manera. Y cumplirlo. No hace falta un programa, solo tres sencillas bases: trabajar, trabajar con honestidad y trabajar con transparencia. Lo demás queda en manos del pueblo soberano, si aciertan con su candidato será en su propio beneficio. Si no, lo acabarán pagando. Al final acertó quien dijo: “Los pueblos tienen los gobernantes que se merecen”.
Saludos.

Carlos:
Igualmente creo que también te conozco de vista y me consta- si no me equivoco- que eres del mundo del derecho.
Tus explicaciones, y guardeme dios de disentir con un abogado, me pasrecen bien argumentadas pero creo que no se adecúan al caso que nos llevan. En el mundo del derecho, letrados, mgistrados, tribunales hay disparidad de criterios e incluso de sentencias que luego hay que estar hilando y casando.
Te digo ésto porque a mí como iletrado en este tema, más allá de tener impresos bastante jurisprudencias de los altos tribunales y demás que me leo, algunos procuradores, abogados e incluso fiscales me han argumentado otras cosas sobre los caminos públicos, no sólo el de Andalucía. Que no se puede mezclar, como hasta ahora se es´ta haciendo, que existen dos sentencias cotradictorias (¿por qué no se ha puesto un recurso de casación para unificación de doctrina, si eso fuese así?, y el tema de la anchura. Insito, desde mi poco conocimiento, que el TSJ de Albacete lo dejó claro y que luego esta sentencia es refrendada por el TS. Nuestros expertos en leyes consultados así nos lo han dicho y que lo único que hace falta es solicitar la Ejecución de Sentencia...

Dicho lo cual y respecto a que hubiese que "investigar" te puedo decir que existen deslindes por ejemplo del Cordel de La Sardina y del Cordel de La Carolina realizado el 12-Septiembre de 1925 en escala 1:2000. En estos mapas de los deslindes vienen multitudes de caminos que los cruzan, que discuren paralelos o que van por encima del mismo cordel y al igual que al propio Cordel se le asigna las 37,5 m. los caminos vienen justa y limpiamente señalados. Varios ejemplos: El Camino de los Palancares 2mm>>4 metros; Camino de los Romerales: 2-3 y 4 mm>>>de 4 a 8 metros; Camino de La Herradura y Camino de Andújar 2,5-3 mm>>5-6 metros.... ¿Camino de Andalucía? Entre 2,5 y 3 mm>>De 5 a 6 metros.

(Puedes mirar en las fotos del foro que creo está una foto del C. de Andalucía a su paso por la Aldehuela y por la Cuesta del Carretón).
Yo creo que los técnicos que realizaron el Inventario en base a planos históricos y todo tipo de documentos, con memoria descriptiva (así lo dice el TSJ) no se iban a pillar las manos y las del Ayuntamiento en asignar más metros de los que en los mapas antiguos venían.

Bueno, que sea lo que tenga que ser y en las manos del Alcalde de Mestanza dejamos el devenir y porvenir de los caminos del término.
Un saludo.