EL ALMANAQUE DEL HOGAR - CONSUMIDORES - EMPRESAS - EMPRENDEDORES
Demanda a las autoridades competentes que mejoren e intensifiquen sus protocolos de inspección y sancionen de forma contundente las irregularidades.
FACUA-Consumidores en Acción alerta a los usuarios sobre los principales problemas que pueden sufrir durante sus vacaciones para que conozcan y defiendan sus derechos.
La asociación demanda a las distintas autoridades competentes del Gobierno y las comunidades autónomas que mejoren e intensifiquen sus protocolos de inspección y sancionen de forma contundente las irregularidades en sectores donde aumentan las reclamaciones durante las vacaciones. Entre ellos, el aéreo, las agencias de viajes, los establecimientos de hostelería, las compañías de alquiler de vehículos, las aseguradoras, las entidades financieras y las empresas de telecomunicaciones.
Si el precio anunciado no coincide con el que oferta la agencia de viajes.
FACUA advierte que la Ley establece que en toda la información comercial que se facilite al consumidor sobre el coste de los servicios o bienes que se ofrezcan se dará el precio final completo, independientemente de que se desglosen o no. Si te facilitan un precio y después intentan aplicarte otro, tienes derecho a reclamar, aunque es una práctica habitual en todo el sector.
Si aumenta el precio del billete de avión por la subida del combustible.
Si el contrato recoge esta posibilidad, pueden subir el precio siempre que el carburante haya subido desde que compraste el billete y falten más de veinte días para el vuelo. Si crees que el incremento es desproporcionado, puedes exigir que te lo acrediten.
Si cancelan tu vuelo.
La compañía tiene la obligación de reembolsarte el billete en determinados casos o bien de conducirte hasta el destino final lo más rápidamente posible: en el vuelo inmediatamente posterior o por otra vía alternativa.
También debe ofrecerte comida y bebida, alojamiento en hotel en caso de pernoctar, así como transporte hacia éste. Asimismo, deberán compensarte económicamente de la siguiente forma:
- 250 euros para vuelos de hasta 1.500 km.
- 400 euros para vuelos de entre 1.500 y 3.000 km. y todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km.
- 600 euros para vuelos de más de 3.500 km. efectuados fuera de la UE. Estas compensaciones pueden reducirse a la mitad cuando la llegada al punto de destino no supere un retraso de 2, 3 ó 4 horas, respectivamente.
Denegación de embarque.
En caso de overbooking, deberán entregarte un impreso en el que se indiquen las normas de compensación.
La compañía deberá pedir voluntarios que renuncien a su vuelo a cambio de ciertas compensaciones. De no presentarse voluntarios, deberán asistirte y compensarte económicamente con las mismas cuantías que en caso de cancelación.
Deberán darte a elegir entre el derecho de reembolso y un medio de transporte alternativo.
Si tu vuelo sale con retraso.
Salvo que obedezca a causas de fuerza mayor que la compañía deberá demostrar, está obligada a asistirte de la misma forma que en caso de cancelación u overbooking. Para que se produzca la devolución del importe del billete debe quedar claro que en función del retraso ya no puedes realizar el viaje o que éste no tiene razón de ser en relación a tu plan inicial.
Si en el vuelo te pierden las maletas.
Guarda las facturas de las compras que te veas obligado a realizar para incluirlas en tu reclamación. Salvo que hubieses contratado un seguro adicional por el valor del equipaje, deben compensarte en función del peso. Actualmente son 20 euros por kilo, con un máximo de 20 kilos en vuelos nacionales y 30 en internacionales. La compensación puede llegar a un máximo de unos 1.100 euros sumando los gastos de primera necesidad que te ocasione la pérdida, independientemente de los posibles daños morales que pudieses acreditar y reclamar.
Si te deterioran el equipaje.
Deben abonarte el importe de los productos que hayan quedado inservibles y el de la reparación de los que tengan arreglo.
Si en el avión te acomodan en una clase inferior a la abonada.
Deben reembolsarte el 30% del billete en vuelos de hasta 1.500 km, el 50% en los de hasta 3.500 km y el 75% en el resto.
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