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Deberes escolares, Jacinto Benavente, ALCONCHEL DE LA ESTRELLA

Definición de deberes

Se denomina deber o deberes a la responsabilidad de un individuo frente a otro, aunque este otro puede ser una persona física (un par) o una persona jurídica (empresa, organización), incluso el mismo Estado. El deber siempre es establecido de manera previa a contraer la responsabilidad, y espera del individuo una conducta o una acción que favorezca su cumplimiento. Caso contrario, existe en cualquier caso, la sanción o castigo por haber incumplido dichas responsabilidades.

Consigna
s. f.
1 Orden o instrucción que se da a un subordinado o a los miembros de una agrupación política o sindical.

2 Lema o frase que gritan en una manifestación las personas que participan en ella.

3 Dependencias de una estación, aeropuerto, etc., donde los viajeros pueden guardar temporalmente el equipaje.
Diccionario Manual de la Lengua Española Vox. © 2007 Larousse Editorial, S. L.
Deberes escolares, Jacinto Benavente

Definición de deberes

Se denomina deber o deberes a la responsabilidad de un individuo frente a otro, aunque este otro puede ser una persona física (un par) o una persona jurídica (empresa, organización), incluso el mismo Estado. El deber siempre es establecido de manera previa a contraer la responsabilidad, y espera del individuo una conducta o una acción que favorezca su cumplimiento. Caso contrario, existe en cualquier caso, la sanción o castigo por haber...