Arrañal
ejido
(Derivado del ant. exir, salir < lat. exire, salir.)
1. s. m.
AGRICULTURA Terreno comunal, a las afueras de un
pueblo, que se destina a eras y en el que se pueden reunir los
ganados de todos los vecinos.
2. Méx. AGRICULTURA Terreno concedido por el gobierno a un grupo de campesinos para su explotación.
Gran Diccionario de la Lengua Española © 2016 Larousse Editorial, S. L.
Ejido (del latín exitus, "salida") es el "
campo común de un pueblo, lindante con él, que no se labra, y donde suelen reunirse los ganados o establecerse
las eras". La primera parte de la breve, pero densa, definición del DRAE se refiere a su
naturaleza comunal, la segunda a su localización periférica, la tercera a su condición de erial, y la cuarta a los posibles usos (ganadero en un caso -dehesa- y agrícola en otro -"eras", el lugar destinado a la
trilla y al depósito provisional de los granos-).
También es considerado, en algunos casos, como bien de propiedad del Estado o de los municipios. En
México, el ejido es una propiedad rural de uso colectivo aún existente, y que fue de gran importancia en la vida agrícola de ese país.