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Camino de Cañavilla, ALCONCHEL DE LA ESTRELLA

Ruta nº 14. b Camino "Cañada Marta", vuelta por el Camino de "Cañavilla"

Paraje de Cañavilla

Es un paraje del Término Municipal, situado entre los de "Las Canteras", "La Matanza", y los Caminos de "Cañada Marta" y Camino de "Las Madrigueras"

Paraje

Paraje es un término que se utiliza en los pueblos de habla hispana para denominar un punto geográfico de una provincia o estado que puede estar habitado o no, y que generalmente cuenta con pobladores dispersos en un área rural.

Un paraje puede ser un pueblo, una aldea o simplemente una zona determinada en el camino de los viajeros o turistas. Los parajes normalmente están separados entre sí por distancias que varían según la geografía del lugar, y mayoritariamente cuentan con abundante agua para las personas que allí habitan.

Los censos consideran a los parajes por la dispersión poblacional de un estado y son tenidos en cuenta a la hora de llevarse a cabo el relevamiento censal.

El Camino de "Cañavilla" es un camino agrícola que da servicio al paraje de "Cañavilla" y a los colindantes.

Camino rural

Los caminos rurales unen las aldeas y las poblaciones más pequeñas de mercado regional, y son los caminos terciarios, secundarios y de penetración. Normalmente, no son pavimentados, o tienen una capa delgada de asfalto; son más angostas y las curvas son más cerradas y las cuestas más empinadas que las de las carreteras. Pueden ser de toda estación o sólo temporales y, a menudo, tienen vados o transbordadores en vez de puentes. Las carreteras que cruzan las regiones rurales, sean pavimentadas o no, se tratan en el artículo carretera.

Ubicación del camino

La ubicación del camino constituye la decisión más crítica en cuanto a su construcción. Esta determinará, el tipo y la magnitud de los impactos ambientales y sociales que causarán. Los caminos rurales que más afectan el entorno son los que:

• Atraviesan las tierras de los pueblos indígenas; o terrenos silvestres críticos;
• Alteran el equilibrio natural en zonas con potenciales peligros naturales; áreas que constituyen el hábitats de la fauna silvestre; y,
• Los que se adentran en áreas no idóneas para los cambios de uso del suelo.
(15 de Agosto de 2020)