El Código de Derecho Canónico, al tratar de la formación de los candidatos al sacerdocio, recomienda el culto de la Santísima Virgen María, alimentado con aquellos ejercicios de piedad con los que los alumnos adquieren el espíritu de oración y fortalecen su vocación (cf. Codex luris Canonici, can. 246, par. 3). en la "Carta circular sobre algunos aspectos más urgentes de la formación espiritual en los seminarios" (6 de enero, 1980) observa que "nada puede llevar (...) mejor que la verdadera devoción a la Virgen María, concebida como un esfuerzo cada vez más completo de imitación, a la alegría de creer" (ib., Carta circular sobre algunos aspectos más urgentes de la formación espiritual en los seminarios, II, 4), tan importante para quien tendrá que hacer de su propia vida un continuo ejercicio de fe. en la "Ratio fundamentalis institutionis sacerdotalis" pide al seminarista que "ame ardientemente, según el espíritu de la Iglesia, a la Virgen María, Madre de Cristo unida a Él de una manera especial en la obra de la redención" (Congregación para la Educación Católica, Ratio fundamentalis institutionis sacerdotalis, Romae, 1985, 54 e); Por su parte esta Congregación, en conformidad con las indicaciones del Concilio, ha subrayado varias veces el valor de la piedad mariana en la formación de los alumnos del seminario: El Vaticano II, cuando habla de la necesidad para los seminaristas de una profunda vida espiritual, recomienda que ellos "con confianza filial amen y veneren a la Santísima Virgen María, que Jesucristo muriendo en la cruz dejó a su discípulo como Madre" (Optatam totius, 8).