Sector enseñanza
DOCUMENTO HISTÓRICO
Contrato de Maestras
en 1923
Este es un acuerdo entre la señorita...................... ...................
.............................. .......... maestra, y el Consejo de Educación de la
Escuela....................... ...... por el cual la señorita...................... .............................. .............................. . acuerda impartir clases durante un periodo de ocho meses a partir del................. de septiembre de 1923. El consejo de Educación acuerda pagar a la señorita...................... ............... la cantidad de (*75) mensuales.
La señorita...................... ......... acuerda:
1.- No casarse. Este contrato queda automáticamente anulado y sin efecto si la maestra se
casa.
2.- No andar en compañía de hombres.
3.- Estar en su casa entre las 08:00 de la tarde y las 06:00 de la mañana, a menos que sea para atender función escolar.
4.- No pasearse por heladerías del centro de la ciudad.
5.- No abandonar la ciudad bajo ningún concepto sin permiso del presidente del Consejo de Delegados.
6.- No fumar cigarrillos. Este contrato quedará automáticamente anulado y sin efecto si se
encontrara a la maestra fumando.
7.- No beber cerveza, vino ni whisky. Este contrato quedará automáticamente anulado y sin
efecto si se encuentra a la maestra bebiendo cerveza, vino y whisky.
8.- No viajar en
coche o automóvil con ningún hombre excepto su hermano o su padre.
9.- No vestir ropas de
colores brillantes.
10.- No teñirse el pelo.
11.- Usar al menos dos enaguas.
12.- No usar vestidos que queden a más de cinco centímetros por encima de los tobillos.
13.- Mantener limpia el aula:
a) Barrer el suelo al menos una vez al día.
b) Fregar el suelo del aula al menos una vez por semana con
agua caliente.
c) Limpiar la pizarra al menos una vez al día.
d) Encender el fuego a las 07:00, de modo que la habitación esté caliente a las 08:00 cuando lleguen los niños.
14.- No usar polvos faciales, no maquillarse ni pintarse los labios.
CSI - CSIF