Límites de velocidad en España
¿Sabes a qué velocidad se debe circular? Según el tipo de vehículo y la vía por la que circule, hay una velocidad máxima a la que se puede conducir aunque no veas señales de tráfico que lo indiquen.
Concretamente, la velocidad genérica es aquella que se asigna de manera teórica a una vía, según los patrones objetivos que cumple un tramo. La velocidad máxima en carreteras españolas o vías urbanas puede estar adicionalmente restringida con señales de tráfico y en tal caso predominan las indicaciones que nos encontramos mientras circulamos.
Los conductores que incumplan estos límites estarán cometiendo una infracción grave o muy grave (multa de 100 a 600 euros y la pérdida de 2 y 6 puntos, dependiendo del exceso de velocidad cometido). Si el exceso de velocidad fuera superior en 60 km/h en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana a la velocidad permitida, esa conducta puede ser castigada con la pena de prisión de 3 a 6 meses o con la de multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 12 meses y hasta 4 años.
¿Sabes a qué velocidad se debe circular? Según el tipo de vehículo y la vía por la que circule, hay una velocidad máxima a la que se puede conducir aunque no veas señales de tráfico que lo indiquen.
Concretamente, la velocidad genérica es aquella que se asigna de manera teórica a una vía, según los patrones objetivos que cumple un tramo. La velocidad máxima en carreteras españolas o vías urbanas puede estar adicionalmente restringida con señales de tráfico y en tal caso predominan las indicaciones que nos encontramos mientras circulamos.
Los conductores que incumplan estos límites estarán cometiendo una infracción grave o muy grave (multa de 100 a 600 euros y la pérdida de 2 y 6 puntos, dependiendo del exceso de velocidad cometido). Si el exceso de velocidad fuera superior en 60 km/h en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana a la velocidad permitida, esa conducta puede ser castigada con la pena de prisión de 3 a 6 meses o con la de multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 12 meses y hasta 4 años.