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ALCONCHEL DE LA ESTRELLA: Naciones Unidas A/RES/72/165...

Naciones Unidas A/RES/72/165
Asamblea General

Distr. general
25 de enero de 2018

17-22975 (S) 300118 300118
*1722975*

Septuagésimo segundo período de sesiones

Tema 72 b) del programa

Resolución aprobada por la Asamblea General el 19 de diciembre de 2017

[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/72/439/Add. 2)]

72/165. Día Internacional de Conmemoración y Homenaje a las Víctimas del Terrorismo

La Asamblea General,

Guiada por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos. 1, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. 2 y otros instrumentos pertinentes del derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario,

Recordando las resoluciones anteriores de la Asamblea General, la Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos sobre los derechos humanos y el terrorismo y sobre la promoción y la protección de los derechos humanos en la lucha contra el terrorismo,

Recordando también la resolución 17/8 del Consejo de Derechos Humanos, de 16 de junio de 2011, titulada “Proclamación del 19 de agosto como Día Internacional de Conmemoración y Homenaje a las Víctimas del Terrorismo”3,

Reafirmando el hecho de que la promoción y la protección de los derechos humanos de todos y el estado de derecho en los planos nacional e internacional son esenciales para prevenir y combatir el terrorismo,

Reconociendo que la adopción de medidas eficaces contra el terrorismo y la protección de los derechos humanos no son objetivos contrapuestos, sino que se complementan y se refuerzan mutuamente, y destacando la necesidad de promover y proteger los derechos de las víctimas del terrorismo,

1 Resolución 217 A (III).
2 Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
3 Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo sexto período de sesiones, Suplemento núm. 53 (A/66/53), cap. I.

A/RES/72/165 Día Internacional de Conmemoración y Homenaje a las Víctimas del Terrorismo
2/2 17-22975

Deplorando profundamente el sufrimiento causado por el terrorismo a las víctimas y sus familias, expresando su profunda solidaridad con ellas, y destacando la importancia de prestarles la asistencia adecuada,

Reconociendo que el terrorismo tiene claramente una repercusión muy real y directa, con consecuencias devastadoras, entre otras cosas, para el disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales,

Reconociendo también la función que pueden desempeñar las víctimas del terrorismo, en particular para contrarrestar la atracción del terrorismo, y poniendo de relieve la necesidad de promover la solidaridad internacional en apoyo de las víctimas del terrorismo y de asegurar que sean tratadas con dignidad y respeto,

Reconociendo además la importancia de respetar los derechos humanos de las víctimas del terrorismo y sus familias y de prestarles el apoyo y la asistencia apropiados de conformidad con la legislación aplicable,

Renovando su compromiso inquebrantable de intensificar la cooperación internacional para prevenir y combatir el terrorismo en todas sus formas y manifestaciones, y reafirmando que todos los actos de terrorismo son criminales e injustificables, cualquiera que sea su motivación y dondequiera, cuando quiera y por quienquiera que sean cometidos,

Reafirmando sus resoluciones 53/199, de 15 de diciembre de 1998, y 61/185, de 20 de diciembre de 2006, relativas a la proclamación de años internacionales, y la resolución 1980/67 del Consejo Económico y Social, de 25 de julio de 1980, relativa a los años y aniversarios internacionales, en especial los párrafos 1 a 10 de su anexo sobre los criterios convenidos para la proclamación de años internacionales, así como los párrafos 13 y 14, en los que se establece que no debe proclamarse día ni año internacional alguno sin que se hayan hecho antes los arreglos básicos necesarios para su organización y financiación,

1. Decide proclamar el 21 de agosto Día Internacional de Conmemoración y Homenaje a las Víctimas del Terrorismo, a fin de honrar y apoyar a las víctimas y los supervivientes del terrorismo y promover y proteger el goce pleno de sus derechos humanos y libertades fundamentales;

2. Invita a todos los Estados Miembros, a las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, dentro de los límites de los recursos existentes, así como a las demás organizaciones internacionales, y a las entidades de la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales y los particulares, a observar de manera apropiada el Día Internacional;

3. Destaca que el costo de todas las actividades que puedan derivarse de la aplicación de la presente resolución se sufragará mediante contribuciones voluntarias;

4. Solicita al Secretario General que en su septuagésimo tercer período de sesiones la informe sobre la aplicación de la presente resolución.
73ª sesión plenaria 19 de diciembre de 2017