Naciones Unidas A/RES/55/93
Asamblea General Distr. general
28 de febrero de 2001
Quincuagésimo quinto período de sesiones
Tema 114 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/55/602/Add. 2)]
55/93. Proclamación del 18 de diciembre Día Internacional
del Migrante
La Asamblea General,
Tomando nota de la decisión 2000/288 del Consejo Económico y Social, de
28 de julio de 2000,
Considerando que la Declaración Universal de Derechos Humanos1 proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y que
toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en ella, sin distinción de ningún tipo, en particular de raza, color u origen nacional,
Teniendo en cuenta el número elevado y cada vez mayor de migrantes que existe en el mundo,
Alentada por el creciente interés de la comunidad internacional en proteger efectiva y plenamente los derechos humanos de todos los migrantes, y destacando la
necesidad de seguir tratando de asegurar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos los migrantes,
1. Decide proclamar el 18 de diciembre Día Internacional del Migrante;
2. Invita a los Estados Miembros, así como a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, a que, para conmemorar el Día Internacional del Migrante, entre otras cosas, difundan información sobre los derechos humanos y las libertades fundamentales de los migrantes, intercambien experiencias y formulen medidas para protegerlos;
3. Pide al Secretario General que señale la presente resolución a la atención de todos los gobiernos y organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales
apropiadas.
81a. sesión plenaria
4 de diciembre de 2000
Asamblea General Distr. general
28 de febrero de 2001
Quincuagésimo quinto período de sesiones
Tema 114 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/55/602/Add. 2)]
55/93. Proclamación del 18 de diciembre Día Internacional
del Migrante
La Asamblea General,
Tomando nota de la decisión 2000/288 del Consejo Económico y Social, de
28 de julio de 2000,
Considerando que la Declaración Universal de Derechos Humanos1 proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y que
toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en ella, sin distinción de ningún tipo, en particular de raza, color u origen nacional,
Teniendo en cuenta el número elevado y cada vez mayor de migrantes que existe en el mundo,
Alentada por el creciente interés de la comunidad internacional en proteger efectiva y plenamente los derechos humanos de todos los migrantes, y destacando la
necesidad de seguir tratando de asegurar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos los migrantes,
1. Decide proclamar el 18 de diciembre Día Internacional del Migrante;
2. Invita a los Estados Miembros, así como a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, a que, para conmemorar el Día Internacional del Migrante, entre otras cosas, difundan información sobre los derechos humanos y las libertades fundamentales de los migrantes, intercambien experiencias y formulen medidas para protegerlos;
3. Pide al Secretario General que señale la presente resolución a la atención de todos los gobiernos y organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales
apropiadas.
81a. sesión plenaria
4 de diciembre de 2000