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ALCONCHEL DE LA ESTRELLA: Procedimiento...

Procedimiento

Este artículo o sección tiene una redacción que mantiene un punto de vista regional, centrado en Argentina.
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El procedimiento de mediación consiste en una o más reuniones que se realizan en la oficina del mediador a las que van las personas convocadas acompañadas por sus abogados. Al finalizar cada encuentro se firma un acta para dejar constancia de la presencia de todos los asistentes que contendrá también la firma y sello del mediador; y si hay acuerdo, además se firma un convenio que, si no se cumple, se puede hacer valer como una sentencia judicial.

En Argentina el demandante presentará ante el juzgado sorteado el escrito de demanda y luego se definirá el mediador (por ej. por sorteo). La demanda quedará en espera al resultado de la mediación. El mediador elegido deberá ser notificado y contestar si acepta el cargo fijando, en caso de aceptar, la fecha y lugar de la primera audiencia en un plazo de 5 a 15 días dependiendo donde sea el trámite (por ejemplo Provincia de Buenos Aires 5 días) Ya con el mediador los participantes deberán firmar un Convenio de Confidencialidad de las actuaciones. Si la mediación fracasó, las partes presentarán el resultado al juzgado para que se proceda con la demanda. Se puede recusar al mediador durante 3 días desde la notificación. El proceso de mediación durará 60 días hábiles desde la primera audiencia. Podrá prorrogarse por acuerdo de partes. Si la mediación fue un éxito, no es necesario homologarla ante el juez. El acuerdo por sí sólo tiene la misma validez que una sentencia.

Existe la mediación relacionada con asuntos legales y también la mediación voluntaria entre personas o grupos interesados. Hay casi tantas formas y estilos de proceder en cuanto a la mediación como mediadores. Entonces, hay muchísimos estilos de mediación. Uno de ellos es la Mediación Dirigida por los Individuos (MDI) para lidiar con conflictos interpersonales entre pares y la Evaluación de Desempeño Negociada (EDN) para los conflictos jerárquicos (o sea, entre supervisores y subalternos). En ambos casos el mediador se reúne con los interesados en forma separada durante una o más reuniones preliminares y sólo cuando estos han sido escuchados y preparados para dialogar, el intermediario se reúne con ambas partes en una sesión conjunta. En la sesión conjunta las partes se hablan directamente y no por medio del mediador. El mediador marca la importancia del papel que juegan los participantes al sentarse a varios metros de distancia e intenta interrumpir lo menos posible durante la sesión conjunta. Estos modelos se prestan especialmente a conflictos interpersonales arraigados y fueron desarrollados por el chileno Gregorio Billikopf Encina en su carrera con la Universidad de California y Universidad de Chile.