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ALCONCHEL DE LA ESTRELLA: Recomendaciones y guías de comportamiento...

Recomendaciones y guías de comportamiento

Todo lo expuesto obliga a considerar y explorar las ayudas que el médico pueda tener para mejor responder a las situaciones complejas como la actual. Por ello, son de utilidad documentos como los ofrecidos por la SEMICYUC denominado “Recomendaciones éticas para la toma de decisiones en la situación excepcional de crisis por pandemia covid-19 en las unidades de cuidados intensivos”, la Sociedad Española de Anestesiología, Reanimación y Terapéutica del Dolor, Marco ético pandemia COVID 19, o el ofrecido por la Sociedad Española de Oncología denominado “Recomendaciones sobre la infección por sars-cov-2 para profesionales sanitarios implicados en el tratamiento de pacientes oncológicos” y otros que puedan generarse al respecto.

La cuestión que se plantea con carácter general es ¿qué hacer cuando el médico no puede prestar asistencia a todos los enfermos en base a los recursos de los que dispone? y ¿cuáles son los criterios que se deben considerar para excluir a unos en beneficio de otros? El médico tendrá en cuenta que cada caso requerirá la deliberación oportuna, antes de tomar una decisión, porque las recomendaciones mencionadas u otras, no pueden responder siempre a la singularidad de cada paciente.

¿Se debe informar a los pacientes, o en su caso a los familiares, lo extraordinario de la situación y la justificación de las medidas? Es preciso hacerlo. Cada caso, cada paciente requiere un tratamiento de información adecuado, será el médico responsable de la asistencia quien haga partícipes a los familiares o representantes legales las decisiones clínicas y terapéuticas que les afecten.

Las mejores decisiones éticas suponen la aceptación del ingreso en cualquier servicio o unidad de cuidados si parten del conocimiento de las directrices éticas básicas, así como de un profundo conocimiento científico de todo ello. Las decisiones deben ser coordinadas y fundamentadas en dicho conocimiento y experiencia de los médicos intervinientes.

Cada decisión exige y requiere utilizar la prudencia y la competencia junto con el buen juicio clínico y la capacidad personal para tomar decisiones conformes a la deontología profesional, que no sean contrarias a la ética ni a la legislación vigente y su aplicación al bien general de cada persona enferma. El juicio clínico prudente requiere ser conocedor de todo lo relevante que ocurre, envuelve y siente el paciente. La prudencia es una cualidad necesaria siempre y no solo en el caso en que sea preciso priorizar entre pacientes, sino también, por ejemplo cuando haya que adecuar el esfuerzo terapéutico sobre aquellos cuya expectativa de vida sea muy limitada o nula.

La valoración deontológica de cualquier priorización para el ingreso y atención a pacientes graves y críticos en situaciones de limitación de recursos requiere considerar que:

1. El criterio fundamental debe estar basado en las probabilidades de supervivencia de cada paciente.

2. No pueden ser criterios de priorización ni el orden de petición de asistencia, ni el de llegada a los servicios de urgencias hospitalarias, ni solo la edad de los pacientes.

3. Se debe extremar la prudencia si existe una dificultad de aplicación uniforme cuando son las situaciones y recursos de los diferentes dispositivos asistenciales los que son diferentes.

4. No en todas las situaciones clínicas o muy avanzadas y con carácter irreversible se debe proceder al ingreso hospitalario.

5. Establecer expectativas de vida a corto plazo es aceptable incluso para no caer en la obstinación terapéutica. Pero establecer límites a medio plazo, como el criterio cronológico, constituye una decisión muy arriesgada que se debe realizar con carácter excepcional y utilizando los instrumentos valorativos al uso y en ningún caso la exclusiva impresión clínica.

6. Las tomas de decisiones de tanta relevancia deben ser individuales y personales, porque, aunque los procesos puedan coincidir, cada paciente puede ser distinto. El conocimiento científico es imprescindible pero no basta para ayudar a los pacientes a curarse o a convivir con sus enfermedades lo mejor posible.

7. El médico no abandonará a ningún paciente que necesite sus cuidados, ni siquiera en situaciones de catástrofe o epidemia, salvo que fuese obligado a hacerlo por la autoridad competente o exista un riesgo vital inminente e inevitable para su persona. (CDM art 6.2)