DÍAS MUNDIALES - INTERNACIONALES - NACIONALES - EFEMÉRIDES
Día Internacional contra la Explotación Sexual y el Tráfico de Mujeres, Niños y Niñas
En la Conferencia Mundial de la Coalición contra el tráfico de Mujeres que tuvo lugar en Dhaka - Bangladesh en enero de l999 se eligió el 23 de setiembre como Día Internacional contra la explotación sexual y el tráfico de Mujeres y Niñas/Niños, en homenaje a la ley N* 9143 del año 1913, promulgada en esta fecha y conocida por el nombre de ley Palacios. En 1951 nuestro país consagra el abolicionismo adhiriendo a la Convención para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena (ONU 1949). Se comprometía a combatir el proxenetismo y el tráfico de personas, a derogar toda reglamentación de la prostitución y a adoptar medidas de prevención. Históricamente todos estos compromisos han sido invariablemente violados a través de disposiciones nacionales, provinciales o municipales o bien en la práctica cotidiana de las autoridades de aplicación.
Recientemente en la Conferencia de Viena se encara la modificación del Protocolo de la citada Convención de l949 Desestiman en este ámbito la diferenciación propuesta por EE. UU. entre tráfico forzado y voluntario por entender que en el tráfico siempre hay formas de coerción, engaño o abuso de las personas en estado vulnerable incapaces en tales condiciones de otorgar su "consentimiento" para suscribir contrato alguno. Esta modificación está pendiente de consideración por parte del Senado argentino.
Día Internacional contra la Explotación Sexual y el Tráfico de Mujeres, Niños y Niñas
En la Conferencia Mundial de la Coalición contra el tráfico de Mujeres que tuvo lugar en Dhaka - Bangladesh en enero de l999 se eligió el 23 de setiembre como Día Internacional contra la explotación sexual y el tráfico de Mujeres y Niñas/Niños, en homenaje a la ley N* 9143 del año 1913, promulgada en esta fecha y conocida por el nombre de ley Palacios. En 1951 nuestro país consagra el abolicionismo adhiriendo a la Convención para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena (ONU 1949). Se comprometía a combatir el proxenetismo y el tráfico de personas, a derogar toda reglamentación de la prostitución y a adoptar medidas de prevención. Históricamente todos estos compromisos han sido invariablemente violados a través de disposiciones nacionales, provinciales o municipales o bien en la práctica cotidiana de las autoridades de aplicación.
Recientemente en la Conferencia de Viena se encara la modificación del Protocolo de la citada Convención de l949 Desestiman en este ámbito la diferenciación propuesta por EE. UU. entre tráfico forzado y voluntario por entender que en el tráfico siempre hay formas de coerción, engaño o abuso de las personas en estado vulnerable incapaces en tales condiciones de otorgar su "consentimiento" para suscribir contrato alguno. Esta modificación está pendiente de consideración por parte del Senado argentino.