Convención de los Derechos del Niño
La Convención de los Derechos del Niño fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989. Contiene 54 artículos que recopilan los derechos económicos, sociales, civiles, culturales y políticos de todos los niños, niñas y adolescentes.
En el año 1959 las Naciones Unidas había aprobado la Declaración de los Derechos del Niño, contentiva de 10 principios. Posteriormente, en el año 1978 el gobierno de Polonia presentó una versión provisional de una Convención sobre los Derechos del Niño, aprobando la versión final en el año 1989.
La aplicación de esta Convención es de carácter obligatorio para los 194 Estados que la han ratificado a nivel mundial, definiendo las obligaciones y responsabilidades de padres, maestros, profesionales de la salud, así como de los niños y niñas.
Por otra parte, el Comité de los Derechos del Niño está conformado por expertos en derechos de la infancia, procedentes de varios países, quienes monitorean el cumplimiento del articulado estipulado en la Convención.
La Convención de los Derechos del Niño fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989. Contiene 54 artículos que recopilan los derechos económicos, sociales, civiles, culturales y políticos de todos los niños, niñas y adolescentes.
En el año 1959 las Naciones Unidas había aprobado la Declaración de los Derechos del Niño, contentiva de 10 principios. Posteriormente, en el año 1978 el gobierno de Polonia presentó una versión provisional de una Convención sobre los Derechos del Niño, aprobando la versión final en el año 1989.
La aplicación de esta Convención es de carácter obligatorio para los 194 Estados que la han ratificado a nivel mundial, definiendo las obligaciones y responsabilidades de padres, maestros, profesionales de la salud, así como de los niños y niñas.
Por otra parte, el Comité de los Derechos del Niño está conformado por expertos en derechos de la infancia, procedentes de varios países, quienes monitorean el cumplimiento del articulado estipulado en la Convención.