Genocidio, un crimen perseguido por el derecho internacional
Genocidio es "cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal:
Matanza de miembros del grupo;
Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo;
Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial;
Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo;
Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo."
Así lo establece el artículo 2 de la Convención contra el Genocidio, que lo tipifica como delito de derecho internacional, ya sea cometido en tiempo de paz o en tiempo de guerra. Aquellos países miembros de la convención se comprometen a prevenirlo y sancionarlo; y la responsabilidad principal tanto para evitarlo como para detenerlo recae en el Estado. Este año se cumplen 70 años de la Convención.
Genocidio es "cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal:
Matanza de miembros del grupo;
Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo;
Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial;
Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo;
Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo."
Así lo establece el artículo 2 de la Convención contra el Genocidio, que lo tipifica como delito de derecho internacional, ya sea cometido en tiempo de paz o en tiempo de guerra. Aquellos países miembros de la convención se comprometen a prevenirlo y sancionarlo; y la responsabilidad principal tanto para evitarlo como para detenerlo recae en el Estado. Este año se cumplen 70 años de la Convención.