LA VENTOSA: Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca...

Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca
Pág. 3 miércoles 13 de mayo de 2015 Núm. 54
Diputación Provincial de Cuenca
Núm. 1959
Servicios sociales
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RESOLUCIÓN CONVOCATORIA DE AYUDAS A CLUBES DE MAYORES 2.015
Con fecha 11 de mayo de 2015, se ha resuelto la Convocatoria de Ayudas a Clubes de Mayores para el año 2015 por Decreto de la Presidencia núm. SERSO-00123-2015 del siguiente tenor literal:
“Mediante Decreto SERSO-00005-2015 el 27 de enero de 2015 se aprobaron las Normas de la Convocatoria de Ayudas a Clubes de Mayores 2015 (B. O. P. núm. 28 de 9 de marzo de 2015).
Vistos Informes formulados al respecto por el Sr. Coordinador General de Servicios Sociales y la Intervención de Fondos.
Vista la Resolución del Ilmo. Sr. Presidente, Decreto SECRE-00035-2011 de 21 de julio de 2.011 (BOP número 87 de 27 de julio de 2.011), delegando en D. Carlos Navarro Arribas, Diputado Provincial, las atribuciones correspondientes al Área de Servicios Sociales, que no estén comprendidas entre las indelegables del art. 34.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, incluyendo las de dirección y gestión de las materias comprendidas en dicha Área, así como la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
En cumplimiento de lo establecido en la norma octava de la mencionada Convocatoria.
DISPONGO:
PRIMERO.- Autorizar y comprometer el gasto a favor de las Asociaciones que a continuación se relacionan y por importe que, para cada una de ellas se establece, por un importe total de 54.997 Euros, e imputarlo a la aplicación presupuestaria 313 232 4800017 AYUDAS A CLUBES Y HOGARES DEL JUBILADO del vigente Presupuesto:
NOMBRE LOCALIDAD SUBVENCIÓN
139 ASOCIACIÓN DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS VENTOSA (LA) 346,50 €
TERCERO.-Ordenar el pago de las anteriores obligaciones a los beneficiarios anteriormente relacionados siempre y cuando hubieran justificado los fondos recibidos en anteriores anualidades; quedando los mismos obligados a la justificación de los fondos percibidos en los términos previstos en la normativa vigente.
CUARTO.- Dar traslado a los beneficiarios afectados, así como a la Intervención de fondos”.
Contra este acto administrativo, que es definitivo en vía administrativa, se puede interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación, o bien Recurso de Reposición, con carácter potestativo, ante la Presidencia, en el plazo de un mes, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso o ejercitarse cualquier acción que se estime procedente.
Cuenca, 11 de mayo de 2015.