BOP CUENCA NEWS
Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca
Pág. 2 viernes 15 de diciembre de 2017 Núm. 144
Diputación Provincial de Cuenca
Núm. 3308
Asistencia técnica a municipios
ANUNCIO
El Ilmo. Sr. Presidente con fecha 12 de diciembre de 2017, ha dictado resolución AJURI-00350-2017 del siguiente tenor literal:
«Benjamín Prieto Valencia, Presidente de la Diputación Provincial de Cuenca, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 34.1 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y, en su caso, como órgano de contratación por la Disposición Adicional Segunda, apartado uno, del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (T. R. L. C. S. P), he resuelto dictar con esta fecha cuanto sigue, que firma por delegación, según Decreto SECRE000452015 de 23 de julio de 2015, la Diputada de las Áreas de Desarrollo Provincial y Turismo y de Asistencia Técnica al Municipio D.ª Paloma García Casado.
Vista la propuesta de 5 de diciembre, efectuada por el Sr. Jefe de Servicio de Asistencia Técnica a municipios del siguiente tenor literal:
«INFORME DEL SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA A MUNICIPIOS SOBRE LA JUSTIFICACIÓN DEL GASTO EN RELACIÓN CON LA CONVOCATORIA DE AYU-DA ECONÓMICA DESTINADA A LOS AYUNTAMIENTOS CON UNA POBLACIÓN IN-FERIOR A 200 HABITANTES PARA EL PAGO DE LA CUOTA MENSUAL EN CONCEPTO DE LINEA DE BANDA ANCHA PARA EL ACCESO A INTERNET PARA EL EJERCICIO 2016 y 2017 (octubre 2016 a septiembre 2017), QUE SE ELEVA A LA INTERVENCIÓN DE FONDOS PARA FISCALIZACIÓN PREVIA A LA RESOLUCIÓN DE-FINITIVA.
Por resolución AJURI-00271-2017, de 9 de octubre de 2017, se aprobó la Convocatoria de Ayuda Económica destinada a los Ayuntamientos con una población inferior a 200 habitantes para el pago de la cuota mensual en concepto de línea de banda ancha para el acceso a Internet para el ejercicio 2016 y 2017 (octubre 2016 a septiembre 2017).
La citada convocatoria fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 123 de 20 de octubre de 2017.
Visto informe de la Intervención de Fondos sobre existencia de consignación presupuestaria con cargo a la partida 301 491 4620016 “SUBVENCIÓN AYUNTAMIENTOS INTERNET VIA ANCHA” para la atención del gasto derivado de la concesión de la ayuda.
Finalizado el plazo para la presentación de solicitudes junto con la documentación requerida en la convocatoria, comprobado que se ajusta a la normativa reguladora, y vistas las solicitudes y documentación adjunta, SE PROPONE:
1º. Conceder las subvenciones a favor de los Ayuntamientos incluidos en la relación adjunta (Anexo I) y por los importes indicados.
2º. Excluir las solicitudes de los Ayuntamientos que se relacionan en el Anexo II por los motivos que en el mismo se indican.
3º. Comprometer el gasto derivado de las anteriores concesiones por el importe total de 54.682,98 Euros, según la distribución que se especifica en el Anexo I, con cargo a la aplicación presupuestaria 301 491 4620016 del vigente presupuesto.
4º. Aprobar la justificación total de las subvenciones concedidas.
5º. Reconocer la obligación derivada de las anteriores concesiones y ordenar el pago a favor de cada uno de los Ayuntamientos que figuran en anexo I.
ANEXO I.- AYUNTAMIENTOS BENEFICIARIOS Y CUANTÍA
Nº MUNICIPIO (NÚCLEO) CANTIDAD
110. VILLAS DE LA VENTOSA (LA VENTOSA) 724,80 Euros
Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca
Pág. 2 viernes 15 de diciembre de 2017 Núm. 144
Diputación Provincial de Cuenca
Núm. 3308
Asistencia técnica a municipios
ANUNCIO
El Ilmo. Sr. Presidente con fecha 12 de diciembre de 2017, ha dictado resolución AJURI-00350-2017 del siguiente tenor literal:
«Benjamín Prieto Valencia, Presidente de la Diputación Provincial de Cuenca, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 34.1 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y, en su caso, como órgano de contratación por la Disposición Adicional Segunda, apartado uno, del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (T. R. L. C. S. P), he resuelto dictar con esta fecha cuanto sigue, que firma por delegación, según Decreto SECRE000452015 de 23 de julio de 2015, la Diputada de las Áreas de Desarrollo Provincial y Turismo y de Asistencia Técnica al Municipio D.ª Paloma García Casado.
Vista la propuesta de 5 de diciembre, efectuada por el Sr. Jefe de Servicio de Asistencia Técnica a municipios del siguiente tenor literal:
«INFORME DEL SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA A MUNICIPIOS SOBRE LA JUSTIFICACIÓN DEL GASTO EN RELACIÓN CON LA CONVOCATORIA DE AYU-DA ECONÓMICA DESTINADA A LOS AYUNTAMIENTOS CON UNA POBLACIÓN IN-FERIOR A 200 HABITANTES PARA EL PAGO DE LA CUOTA MENSUAL EN CONCEPTO DE LINEA DE BANDA ANCHA PARA EL ACCESO A INTERNET PARA EL EJERCICIO 2016 y 2017 (octubre 2016 a septiembre 2017), QUE SE ELEVA A LA INTERVENCIÓN DE FONDOS PARA FISCALIZACIÓN PREVIA A LA RESOLUCIÓN DE-FINITIVA.
Por resolución AJURI-00271-2017, de 9 de octubre de 2017, se aprobó la Convocatoria de Ayuda Económica destinada a los Ayuntamientos con una población inferior a 200 habitantes para el pago de la cuota mensual en concepto de línea de banda ancha para el acceso a Internet para el ejercicio 2016 y 2017 (octubre 2016 a septiembre 2017).
La citada convocatoria fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 123 de 20 de octubre de 2017.
Visto informe de la Intervención de Fondos sobre existencia de consignación presupuestaria con cargo a la partida 301 491 4620016 “SUBVENCIÓN AYUNTAMIENTOS INTERNET VIA ANCHA” para la atención del gasto derivado de la concesión de la ayuda.
Finalizado el plazo para la presentación de solicitudes junto con la documentación requerida en la convocatoria, comprobado que se ajusta a la normativa reguladora, y vistas las solicitudes y documentación adjunta, SE PROPONE:
1º. Conceder las subvenciones a favor de los Ayuntamientos incluidos en la relación adjunta (Anexo I) y por los importes indicados.
2º. Excluir las solicitudes de los Ayuntamientos que se relacionan en el Anexo II por los motivos que en el mismo se indican.
3º. Comprometer el gasto derivado de las anteriores concesiones por el importe total de 54.682,98 Euros, según la distribución que se especifica en el Anexo I, con cargo a la aplicación presupuestaria 301 491 4620016 del vigente presupuesto.
4º. Aprobar la justificación total de las subvenciones concedidas.
5º. Reconocer la obligación derivada de las anteriores concesiones y ordenar el pago a favor de cada uno de los Ayuntamientos que figuran en anexo I.
ANEXO I.- AYUNTAMIENTOS BENEFICIARIOS Y CUANTÍA
Nº MUNICIPIO (NÚCLEO) CANTIDAD
110. VILLAS DE LA VENTOSA (LA VENTOSA) 724,80 Euros