BOP CUENCA NEWS
Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca
Pág. 13 lunes 4 de marzo de 2019 Núm. 26
Administración del estado
Núm. 465
Subdelegación de Gobierno en Cuenca
Anuncio
Elecciones Locales 2019. Relación de los municipios de la provincia de Cuenca
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, la Subdelegación del Gobierno en Cuenca acuerda la publicación de la relación, por orden alfabético, de los municipios de la provincia, agrupados por partidos judiciales, con indicación de la cifra de población oficialmente aprobada por el Gobierno (Real Decreto 1458/2018, de 14 de diciembre, BOE de 29-12-2018, referida a fecha 1 de enero de 2018) y del número de concejales que corresponde a cada municipio, de acuerdo con la escala establecida en
El artículo 179.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG).
En dicha relación se hace mención a las circunstancias previstas en los artículos 179.2 y 184 de la citada Ley Orgánica, así como a las Entidades de ámbito territorial inferior al municipio (EATIm), en las que procede la aplicación del artículo 199.2 de la LOREG, con expresión de su población y municipio al que pertenecen.
1. JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE CUENCA
Municipio Población 01-01-2018 / Concejales / LOREG
16272 Villas de la Ventosa 233 / 5 / (1)
Observaciones.-
(1).- Procedimiento de elección art. 184 LOREG.
(2).- Procedimiento de elección art. 199.2 LOREG.
CONCEJO ABIERTO.- Procedimiento de elección art. 179.2 LOREG.
Las Corporaciones Locales, los Partidos Políticos y los particulares dispondrán de un plazo improrrogable de siete días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio, para presentar reclamaciones sobre el número de concejales o vocales asignados ante la Delegación Provincial del Instituto Nacional de Estadística, que las instruirá, tramitará y elevará propuesta de resolución a esta Subdelegación del Gobierno.
En ningún caso las reclamaciones podrán versar sobre las cifras oficiales de población de los municipios españoles aprobadas por el Gobierno.
Cuenca, a 27 de febrero de 2019.
EL SUBDELEGADO DEL GOBIERNO.
Fdo.: Juan Rodríguez Cantos.
Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca
Pág. 13 lunes 4 de marzo de 2019 Núm. 26
Administración del estado
Núm. 465
Subdelegación de Gobierno en Cuenca
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Elecciones Locales 2019. Relación de los municipios de la provincia de Cuenca
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, la Subdelegación del Gobierno en Cuenca acuerda la publicación de la relación, por orden alfabético, de los municipios de la provincia, agrupados por partidos judiciales, con indicación de la cifra de población oficialmente aprobada por el Gobierno (Real Decreto 1458/2018, de 14 de diciembre, BOE de 29-12-2018, referida a fecha 1 de enero de 2018) y del número de concejales que corresponde a cada municipio, de acuerdo con la escala establecida en
El artículo 179.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG).
En dicha relación se hace mención a las circunstancias previstas en los artículos 179.2 y 184 de la citada Ley Orgánica, así como a las Entidades de ámbito territorial inferior al municipio (EATIm), en las que procede la aplicación del artículo 199.2 de la LOREG, con expresión de su población y municipio al que pertenecen.
1. JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE CUENCA
Municipio Población 01-01-2018 / Concejales / LOREG
16272 Villas de la Ventosa 233 / 5 / (1)
Observaciones.-
(1).- Procedimiento de elección art. 184 LOREG.
(2).- Procedimiento de elección art. 199.2 LOREG.
CONCEJO ABIERTO.- Procedimiento de elección art. 179.2 LOREG.
Las Corporaciones Locales, los Partidos Políticos y los particulares dispondrán de un plazo improrrogable de siete días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio, para presentar reclamaciones sobre el número de concejales o vocales asignados ante la Delegación Provincial del Instituto Nacional de Estadística, que las instruirá, tramitará y elevará propuesta de resolución a esta Subdelegación del Gobierno.
En ningún caso las reclamaciones podrán versar sobre las cifras oficiales de población de los municipios españoles aprobadas por el Gobierno.
Cuenca, a 27 de febrero de 2019.
EL SUBDELEGADO DEL GOBIERNO.
Fdo.: Juan Rodríguez Cantos.