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BOP CUENCA NEWS
Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca
Pág. 4 lunes 4 de noviembre de 2019 Núm. 127
Núm. 2630
SERVICIO DE COOPERACIÓN Y CONTRATACIÓN
ANUNCIO
TituloES: PLAN PROVINCIAL DE COOPERACION A LAS OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES 2020 TextoES: BDNS (Identif.):479845
Extracto de la Convocatoria del Plan Provincial de Cooperación a las Obras y Servicios de competencia municipal, anualidad 2020.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3. b y 20.8. a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
BDNS: Primero. - Beneficiarios. Los municipios y demás Entidades locales de ámbito territorial inferior al municipal de la provincia de Cuenca, cualquiera que sea su población, podrán solicitar las obras y servicios de carácter municipal siempre y cuando deseen ser incluidos en el PLAN PROVINCIAL DE OBRAS Y SERVICIOS 2020.
Segundo. - Objeto. Tendrán carácter preferente las inversiones asociadas al funcionamiento de los servicios mínimos que establece el artículo 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de forma que solamente se incluirán proyectos diferentes cuando los servicios mínimos estén prestándose satisfactoriamente. Los Ayuntamientos deberán formular sus solicitudes teniendo en cuenta los datos que, referidos a su municipio, figuran en la Encuesta de Infraestructuras y Equipamientos Locales, instrumento objetivo básico de análisis y valoración de las necesidades de dotaciones locales a efectos de la cooperación económica local regulado en el artículo 4 del Real Decreto 835/2003 de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las Entidades locales, y cuyo objetivo es conocer la situación de las infraestructuras y equipamientos de competencia municipal, formando un inventario de ámbito nacional, de carácter censal, con información precisa y sistematizada de los municipios con población inferior a 50.000 habitantes.
Tercero. - Bases Reguladoras.
Cuarto. - Cuantía. El presupuesto destinado a financiar este Plan asciende, provisionalmente, sin perjuicio de posibles alteraciones entre la aprobación provisional y definitiva del Plan, a 8.200.000 euros, y las subvenciones se imputarán a las aplicaciones presupuestarias 307.459.650011 Plan Provincial de Cooperación
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes. SEGUNDA. - SOLICITUDES Y CAPACIDAD FINANCIERA DE LA ENTIDAD LOCAL PETICIONARIA Y PREVISIONES MUNICIPALES.
2.1.- SOLICITUDES.
2.2.- CAPACIDAD FINANCIERA DE LA ENTIDAD LOCAL Y PREVISIONES MUNICIPALES.
TERCERA. - CRITERIO DE DETERMINACIÓN DE POBLACIÓN.
CUARTA. - DOCUMENTOS OBLIGATORIOS PARA LA INCLUSIÓN EN EL PLAN PROVINCIAL. QUINTA.- NORMAS DE APLICACIÓN APROBADO EL PLAN CON CARÁCTER PROVISIONAL. SEXTA.- NORMAS DE APLICACIÓN APROBADO EL PLAN CON CARÁCTER DEFINITIVO.
6.1.- MODIFICACIONES
6.2.- AJUSTES DEL PLAN PROVINCIAL.
SÉPTIMA.- CRITERIOS OBJETIVOS DE ASIGNACIÓN DE INVERSIONES, APORTACIÓN MUNICIPAL Y NÚCLEOS DE POBLACIÓN PARA AYUNTAMIENTOS Y DEMÁS ENTIDADES LOCALES MENORES QUE FORMULEN PETICIÓN AL PLAN PROVINCIAL DE OBRAS Y SERVICIOS.
OCTAVA.- - PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PARA LA INCLUSIÓN EN EL PLAN PROVINCIAL.
NOVENA.- EXCLUSIONES
DÉCIMA.- REDACCIÓN, DIRECCIÓN Y COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS. UNDÉCIMA.- NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE LAS ACTUACIONES INCLUIDAS EN EL PLAN. DUODÉCIMA.- PLAZO DE JUSTIFICACIÓN.
DECIMOTERCERA.- I. V. A.
NORMA DECIMOCUARTA.- NORMAS DE APLICACIÓN PARA EL SUPUESTO DE COFINANCIACIÓN ESTATAL En el supuesto de que el Estado acordase incluir, dentro del Programa de Cooperación Económica Local de los Presupuestos Generales del Estado 2020 créditos destinados a la cofinanciación del Plan Provincial, deberán tenerse necesariamente en cuenta las reglas de tramitación, en cuanto a elaboración y ejecución del Plan, previstas en el Real Decreto 835/2003 de 27 de junio y en la Orden APU/293/2006 de 31 de enero de desarrollo del anterior, siendo de aplicación en ese caso los plazos de ejecución y liquidación de las inversiones que resultasen cofinanciadas por el Estado y que se establecen en la antedicha normativa.
Cuenca octubre de 2019.
ANEXO I
MUNICIPIO / NÚCLEO / POBLACIÓN
41. VILLAS DE LA VENTOSA
BÓLLIGA 66
CULEBRAS 11
FUENTESBUENAS 27
VILLAREJO DEL ESPARTAL 18