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LA VENTOSA: BOP CUENCA NEWS...

BOP CUENCA NEWS
Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca Pág. 2 viernes 15 de noviembre de 2019 Núm. 132
Diputación Provincial de Cuenca Núm. 2727
Servicio de Medio Ambiente
ANUNCIO
RESOLUCION DEFINITIVA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE COOPERACIÓN MEDIOAMBIENTAL ENTRE LOS AYUNTAMIETOS/EATIM DE LA PROVINCIA DE CUENCA Y ASOSICIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO. ANUALIDAD 2019 D. Álvaro Martínez Chana, Presidente de la Diputación Provincial de Cuenca, mediante decreto Nº 2019/5854 de fecha 7 de noviembre de 2019, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 34.1 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, ha resuelto dictar con esta fecha cuanto sigue, que firma por delegación, según Decreto número 2019/3492, de fecha 10 de julio de 2019, el Diputado de las Áreas de Medio Ambiente, Desarrollo Sostenible, Deportes y Juventud, D. Santiago José Gómez Gómez: RESUELVO: PRIMERO: Conceder las subvenciones que a continuación se señalan a favor de los terceros reflejados y por los importes indicados.
Modalidad B. Actividades medioambientales
AYUNTAMIENTO / CONCEDIDO / Importe Justificar: 100%
VILLAS DE LA VENTOSA / 319,00 € / 425,33 €

SÉPTIMO: Esta resolución definitiva se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, así como en la sede electrónica https://sede. dipucuenca. es, de conformidad con el artículo 45 b de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dicha publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos. Igualmente, se dará publicidad a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad por lo establecido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. OCTAVO: Dar traslado a la Intervención de Fondos y al Servicio de Medio Ambiente. Contra esta Resolución, que es definitiva y pone fin a la vía administrativa con arreglo al art. 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puede interponer recurso de reposición ante el Presidente de la Diputación de Cuenca en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, o bien, a su elección, directamente recurso contenciosos administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cuenca en el plazo de dos meses. Ulteriormente, y si su recurso de reposición fuera desestimado de manera expresa –o presunta, que se produce por el mero transcurso del plazo de un mes sin notificar expresamente la resolución-, podría interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado mencionado en el plazo de dos meses, si la desestimación del recurso fuera expresa, o en el plazo de seis meses si esa desestimación fuera presunta, por venir así dispuesto en el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contenciosos-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de su derecho a interponerse cualquier otro recurso o a ejercitar la acción que estime pertinente. EL DIPUTADO DELEGADO DE MEDIO AMBIENTE, SOTENIBILIDAD Y DEPORTES. Santiago José Gómez Gómez,