BOP CUENCA NEWS
Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca Pág. 11 miércoles 24 de marzo de 2021 Núm. 34
Núm. 669
Ayuntamiento de Villas de la Ventosa
ANUNCIO DE APROBACIÓN PROVISIONAL
Aprobación provisional de la Ordenanza Reguladora del Registro de Parejas de Hecho del Ayuntamiento de Villas de la Ventosa.
Con fecha diecinueve de marzo de dos mil veintiuno en sesión ordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de Villas de la Ventosa, se ha aprobado inicialmente la Ordenanza Reguladora del Registro de Parejas de Hecho del Ayuntamiento de Villas de la Ventosa. En cumplimiento de dicho acuerdo se expone al público dicha aprobación inicial por un plazo de
treinta días para la presentación de sugerencias y reclamaciones que se realizarán en el Registro General del Ayuntamiento de Villas de la Ventosa o en las formas establecidas por el artículo 16, apartado cuarto, de la Ley 39/2015, de uno de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo de modificación hasta entonces provisional, publicándose el texto íntegro de la Ordenanza.
Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca Pág. 11 miércoles 24 de marzo de 2021 Núm. 34
Núm. 669
Ayuntamiento de Villas de la Ventosa
ANUNCIO DE APROBACIÓN PROVISIONAL
Aprobación provisional de la Ordenanza Reguladora del Registro de Parejas de Hecho del Ayuntamiento de Villas de la Ventosa.
Con fecha diecinueve de marzo de dos mil veintiuno en sesión ordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de Villas de la Ventosa, se ha aprobado inicialmente la Ordenanza Reguladora del Registro de Parejas de Hecho del Ayuntamiento de Villas de la Ventosa. En cumplimiento de dicho acuerdo se expone al público dicha aprobación inicial por un plazo de
treinta días para la presentación de sugerencias y reclamaciones que se realizarán en el Registro General del Ayuntamiento de Villas de la Ventosa o en las formas establecidas por el artículo 16, apartado cuarto, de la Ley 39/2015, de uno de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo de modificación hasta entonces provisional, publicándose el texto íntegro de la Ordenanza.