BOP CUENCA NEWS
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CUENCA Núm. 36 Viernes 24 de marzo de 2023 Pág. 71
NÚM. 857
ASISTENCIA TÉCNICA AL MUNICIPIO
A N U N C I O
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 22 DE MARZO DE 2023 DEL PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN DE CUENCA POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE CUENCA DESTINADAS A LA COMPENSACIÓN DEL GASTO CORRIENTE DERIVADO DEL COSTE DE LA ENERGÍA Y EL ALZA DE LOS PRECIOS DE CONSUMO
BDNS (Identif.):683646
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3. b y 20.8. a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www. infosubvenciones. es/bdnstrans/GE/es/convocatori a/683646)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www. pap. minhap. gob. es/bdnstrans):
Primero. Beneficiarios.
Entidades Locales de la provincia de Cuenca.
Segundo. Objeto.
El objeto de la presente convocatoria es regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, justificación y pago de subvenciones que otorgue la Diputación de Cuenca, a través del Área de Asistencia a Entidades Locales, a las entidades locales de la provincia de Cuenca para compensar el gasto corriente de dichas entidades por el alza de los precios de la energía, los combustibles y el incremento de los precios de consumo. Tercero. Bases reguladoras.
Las Bases de Convocatoria, aprobadas por Decreto nº 1724, de 22 de marzo de 2023, se podrán consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www. pap. minhap. gob. es/bdnstrans), en el B. O. P. del mismo día en que se publique el presente extracto, en el Tablón de Anuncios de la Web de la Diputación Provincial, así como en los Tablones de Anuncios de la Diputación Provincial (C/ Aguirre 1).
Cuarto. Cuantía
La cuantía máxima según lo establecido en el art. 5 de las bases.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la LGS. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas junto la documentación exigida en el artículo 9 de esta convocatoria irán dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de esta Excma. Diputación Provincial, y se tramitarán ELECTRÓNICAMENTE, accediendo a la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cuenca, https://sede. dipucuenca. es.
Sexto. Otros datos La subvención se hará efectiva en un único pago.
Lugar de la Firma: CUENCA Fecha de la Firma: 2023-03-22
Firmante: D.ª NURIA ILLANA NAVARRO DIPUTADA DELEGADA DEL AREA DE ASISTENCIA A LAS EE. LL. Y DIGITALIZACIÓN
…
MUNICIPIO / HABITANTES / €xHab / TOT. HAB. / FIJO / TOTAL
Villas de la Ventosa / 210 / 2 / 420 € / 6.000 € / 6.420 €
…
Lo que se hace público para general conocimiento.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CUENCA Núm. 36 Viernes 24 de marzo de 2023 Pág. 71
NÚM. 857
ASISTENCIA TÉCNICA AL MUNICIPIO
A N U N C I O
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 22 DE MARZO DE 2023 DEL PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN DE CUENCA POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE CUENCA DESTINADAS A LA COMPENSACIÓN DEL GASTO CORRIENTE DERIVADO DEL COSTE DE LA ENERGÍA Y EL ALZA DE LOS PRECIOS DE CONSUMO
BDNS (Identif.):683646
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3. b y 20.8. a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www. infosubvenciones. es/bdnstrans/GE/es/convocatori a/683646)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www. pap. minhap. gob. es/bdnstrans):
Primero. Beneficiarios.
Entidades Locales de la provincia de Cuenca.
Segundo. Objeto.
El objeto de la presente convocatoria es regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, justificación y pago de subvenciones que otorgue la Diputación de Cuenca, a través del Área de Asistencia a Entidades Locales, a las entidades locales de la provincia de Cuenca para compensar el gasto corriente de dichas entidades por el alza de los precios de la energía, los combustibles y el incremento de los precios de consumo. Tercero. Bases reguladoras.
Las Bases de Convocatoria, aprobadas por Decreto nº 1724, de 22 de marzo de 2023, se podrán consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www. pap. minhap. gob. es/bdnstrans), en el B. O. P. del mismo día en que se publique el presente extracto, en el Tablón de Anuncios de la Web de la Diputación Provincial, así como en los Tablones de Anuncios de la Diputación Provincial (C/ Aguirre 1).
Cuarto. Cuantía
La cuantía máxima según lo establecido en el art. 5 de las bases.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la LGS. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas junto la documentación exigida en el artículo 9 de esta convocatoria irán dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de esta Excma. Diputación Provincial, y se tramitarán ELECTRÓNICAMENTE, accediendo a la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cuenca, https://sede. dipucuenca. es.
Sexto. Otros datos La subvención se hará efectiva en un único pago.
Lugar de la Firma: CUENCA Fecha de la Firma: 2023-03-22
Firmante: D.ª NURIA ILLANA NAVARRO DIPUTADA DELEGADA DEL AREA DE ASISTENCIA A LAS EE. LL. Y DIGITALIZACIÓN
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MUNICIPIO / HABITANTES / €xHab / TOT. HAB. / FIJO / TOTAL
Villas de la Ventosa / 210 / 2 / 420 € / 6.000 € / 6.420 €
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Lo que se hace público para general conocimiento.