La IGNORANCIA OCEÁNICA de Elektra ha quedado en evidencia nuevamente.
Dice que la cooperativa está en suspensión de pagos porque el Juzgado le ha puesto un Administrador para que ponga al día todo y verifique los pagos. No tiene el menor pudor ni empacho en decir semejante estupidez.
Este sujeto que tanto se preocupa por informar a los demás de las maravillas de una ludoteca, que hasta reproduce y copia los artículos que circulan por la Web, no es capaz de aprender de esas mismas fuentes lo que es una suspensión de pagos y por qué se declara.
En primer lugar, la suspensión de pagos se debe a la imposibilidad de pagar las deudas que una empresa tiene contraídas con terceros. Al ser ésta una suspensión voluntaria, es decir a instancia del propio deudor, el Juzgado a la vista de la documentación aportada declara el Concurso de Acreedores y nombra un Administrador Concursal (antes se le llamaba Administrador Judicial), el cual deberá comprobar las deudas contraídas por la empresa y controlar su gestión, que quedará sometida a su intervención.
En resumen que la suspensión de pagos es porque la cooperativa no puede pagar sus deudas debido a la mala gestión de sus responsables y no porque el Juez le haya puesto un Administrador. Todos sabemos por qué la cooperativa no puede pagar, sobre todo después de que hayan hecho desaparecer casi 50 millones de pesetas.
Pero, claro, hay gente que no le interesa la verdad, sino que, como le han dicho en algún mensaje anterior, lo que le interesa es ir cazurreando, engañando y justificando a los golpistas. Patético.
Dice que la cooperativa está en suspensión de pagos porque el Juzgado le ha puesto un Administrador para que ponga al día todo y verifique los pagos. No tiene el menor pudor ni empacho en decir semejante estupidez.
Este sujeto que tanto se preocupa por informar a los demás de las maravillas de una ludoteca, que hasta reproduce y copia los artículos que circulan por la Web, no es capaz de aprender de esas mismas fuentes lo que es una suspensión de pagos y por qué se declara.
En primer lugar, la suspensión de pagos se debe a la imposibilidad de pagar las deudas que una empresa tiene contraídas con terceros. Al ser ésta una suspensión voluntaria, es decir a instancia del propio deudor, el Juzgado a la vista de la documentación aportada declara el Concurso de Acreedores y nombra un Administrador Concursal (antes se le llamaba Administrador Judicial), el cual deberá comprobar las deudas contraídas por la empresa y controlar su gestión, que quedará sometida a su intervención.
En resumen que la suspensión de pagos es porque la cooperativa no puede pagar sus deudas debido a la mala gestión de sus responsables y no porque el Juez le haya puesto un Administrador. Todos sabemos por qué la cooperativa no puede pagar, sobre todo después de que hayan hecho desaparecer casi 50 millones de pesetas.
Pero, claro, hay gente que no le interesa la verdad, sino que, como le han dicho en algún mensaje anterior, lo que le interesa es ir cazurreando, engañando y justificando a los golpistas. Patético.