TRESJUNCOS: CAPÍTULO III....

CAPÍTULO III.
DERECHO A LA INTIMIDAD.
Artículo 7. El derecho a la intimidad.

1. Toda persona tiene derecho a que se respete el carácter confidencial de los datos referentes a su salud, y a que nadie pueda acceder a ellos sin previa autorización amparada por la Ley.