No. El límite del 110% lo establece la ley para acudir a operaciones bancarias. Sólo para eso. En cuanto a la cantidad que se debe a acreedores, como lo que pueden deber al ayuntamiento, se establece en la liquidación del ejercicio. Y ese dato lo desconozco. Cuando el dato sea público, que por ley tiene que serlo en próximas fechas, te lo comentaré.