Ofertas de luz y gas

OCAÑA: Un afamado jurista como Vd. debería conocer que la...

Un afamado jurista como Vd. debería conocer que la habilitación legal en favor de las Corporaciones Locales para establecer y exigir tributos viene OTORGADA por LEY, en nuestro caso RDL 2/2004 TR Ley Haciendas Locales (artículos 17 y 59). No vulnera la Constitución una ordenanza fiscal aprobada conforme al procedimiento descrito en esos preceptos. Cosa distinta es el carácter abusivo que pueda dimanar de su articulado. En eso coincido con Vd. No me gusta su alusión personal relatiava a si nutro o no las arcas municipales. No me gusta. Como tampoco me gusta su confusa creencia en los parabienes que esos créditos ICO puedan aportar a la realidad municipal. ¿?