Se hace saber a la paganería andante que el surtidor habilitado para el suministro de gasoil en la cooperativa agraria está restringido a aquellos paganinis que tengan la condición de socios de dicha cooperativa. Absténganse el resto so pena de ejercer acciones judiciales ante el fiscal pagano. Firmado: Cooperativa Agraria de sufridos paganos.