OCAÑA: Si se aplica a rajatabla la constitución, se aplicará...

Si se aplica a rajatabla la constitución, se aplicará también el artículo 16: 1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las
comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el
mantenimiento del orden público protegido por la ley.
2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta
las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes
relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
Y volvemos a un tema ya tratado en el foro.

La Constitución está para aplicarla siempre, no solamente cuando nos convenga a unos pocos...

¿cuando van a seguir con las obras del dedificio del nuevo colegio? ¿cuando va a mostrar la señora regidora local un mínimo de interés por el colegio Pastor Poeta y va a ordenar la limpieza del patio del lugar habilitado para este colegio?

Ya se que son dos preguntas, pero pueden tener una sola respuesta.

Que os vaya bonito.