Luz ahora: 0,12560 €/kWh

OCAÑA: por supuesto que el hijo de ESA no tendrá que esperar,...

Hoy ha llegado a mi correo electrónico un mensaje reenviado por uno de mis contactos, en el que una persona de contaba que su hijo necesita una operacion de tendón de aquiles urgentemente y que no se la hacen porque con los recortes no hay ni médicos, ni personal, ni quirófanos, ni nada. Es una vergüenza que haya dinero para gastar en sueldos de políticos, en coches oficiales, en dietas, en guardaspaldas, y en tantas y tantas cosas que se están despilfarrando, y que un niño de 10 años pueda quedarse cojo o con unas graves limitaciones en su vida por no recibir una asistencia médica a tiempo, asistencia que estamos pagando todos y que, como sigan las cosas así, solo van a recibir unos pocos.
Es vergonzoso. Seguro que si el hijo de la Señora Cospedal necesitase esa operación no llevaba más de 10 meses en lista de espera.

por supuesto que el hijo de ESA no tendrá que esperar, ya que su marido junto con otros socios tipo rodrigo rato, montoro y alguno mas compraron los hospitales de ciudad real que privatizó LOLI.
es lo que están haciendo, desmantelar la sanidad pública
yo tengo una opinión: si no puedes aguantar a tu oponente político varias elecciones seguidas, acaba con el negandole la sanidad, la asistencia cocial y la educación, así es.
hoy el juez pedraz, de la audiencia nacinal, ha dado un buen varapalo al ministerio del interior por excederse en sus acusaciones hacia los organizadores y participantes del 25s
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha acordado archivar la instrucción judicial del 25-S, en concreto, contra ocho de los convocantes de la protesta frente al Congreso de los Diputados. Pedraz no aprecia delito contra las Instituciones del Estado y lo argumenta en un auto muy crítico con las actuaciones de Interior, la "decadencia de la clase política" y una defensa firme del derecho de la libertad de expresión. En el auto, aclara paso a paso los puntos que han generado discusión o en los casos en los que el juez considera que se ha forzado la instrucción.

Primero, "la gravedad aventurada por la Policía no era tal" cuando la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal alertó al juez de que la convocatoria pretendía ocupar indefinidamente el Congreso. Por este motivo ordenó, mediante solicitud policial, averiguar la identidad de "los posibles promotores o dirigentes de la convocatoria, el perfil y las direcciones IP, s, fechas y horas del evento en Facebook, datos de direcciones de correo referidos a "ocupaelcongreso" en Google, la titularidad de los teléfonos. Posteriormente, detalla Pedraz, "a solicitud de la Brigada Provincial de Información, se acuerda la identidad de los titulares de dos cuentas corrientes. Una solicitud en la que se empeñó la Brigada Provincial de Información de Madrid, el pasado 19 de septiembre, sobre la supuesta base de que "las personas encargadas de la apertura de las cuentas corrientes desempeñan un papel activo en la organización de los hechos y cabiendo ser consideradas las aportaciones como colaboración en dichos actos".

Las protestas en los alrededores del Congreso nada tienen que ver con atentar contra el Estado. Por eso no se puede acusar a los manifestantes del artículo 493 del Código Penal, éste castiga a quien "invada violentamente las sedes del Congreso, teniendo en cuenta que invadir consiste en entrar violentamente, en este caso sería la sede del Congreso, desde luego, no pueden ser, calles aledañas".

Ningún acto de los ocho imputados es constitutivo de delito. El artículo 494 del Código Penal castiga a quienes promuevan reuniones ante las Cámaras alterando su normal funcionamiento, es notorio - dice el juez -, vista además el acta de la sesión del día 25, que no hubo alteración alguna, ni se atentó contra el orden. Máxime cuando la Delegada de gobierno de Madrid, Cristina Cifuentes autorizó la manifestación porque la "verdadera intención era permanecer de forma indefinida en el paseo del Prado".

Libertad de expresión Vs decadencia política

El magistrado va más allá y asegura que convocar bajo el lema "rodear, permanecer de forma indefinida, exigir la ruptura del régimen vigente o la dimisión del Gobierno o la abolición de la Constitución es un delito que no existe en nuestra legislación, de existir, atentaría claramente contra la libertad de expresión. "No se puede prohibir el elogio o defensa de las ideas por más que se alejen o pongan en cuestión el marco constitucional, "máxime ante la convenida decadencia de la denominada clase política".

El juez ha resuelto el archivo en cuestión de minutos, tras preguntar a siete de los ocho imputados - uno de ellos se ha negado a declarar - si tenían intención de alterar el pleno del Congreso. Todos ellos han contestado que no, insistiendo en la no violencia habitual de las convocatorias, su intención era protestar contra la policita de recortes del Gobierno.

Reproches a Interior

Duro con la actuación de Interior, en referencia a los 35 detenidos en los altercados durante las protestas del 25-S, según la resolución "resulta sorprendente que si la unidad policial entendía que sus diligencias" tenían que instruirse en la Audiencia"no se comprende por qué no las presentó (con los detenidos)". Hoy mismo Interior intentaba que, a través de un informe de la Brigada Prov ¡ncial de Madrid, imputar un delito contra las Instituciones del Estado a 5 de los 35 detenidos, a lo que Pedraz responde recordando que no es a los agentes a quien correponde calificar delitos.

aún queda alguien con criterio en esta IBERIA SUMERGIDA
como dice el alquimista: salud y república

nomepegueiscoñoquesoycompañero