El clientelismo político es un intercambio
extraoficial de favores, en el cual los titulares de
cargos políticos regulan la concesión de prestaciones, obtenidas a través de su función pública o de
contactos relacionados con ella, a cambio de apoyo
electoral. La relación puede fortalecerse mediante
la amenaza de utilizar esa misma capacidad de
decisión para perjudicar a quienes no colaboren
con el sistema. En general, los sistemas clientelares
aparecen donde la necesidad de integrar rápidamente un elevado número de participantes a un
sistema político sin tradición organizativa lleva al
desarrollo de sistemas de mediación informal entre
la acción pública local y las necesidades de los ciudadanos. En el clientelismo los bienes públicos no
se administran según la lógica imparcial de la ley,
sino que bajo una apariencia legal se utilizan por
los detentadores del poder político; normalmente
se corresponde con figuras penadas jurídicamente
como prevaricación o corrupción.
Sin embargo, la relación entre cliente y
patrón no es simétrica: existe en ella una neta
dominación, motivada por las dotaciones sumamente desiguales de capital social, simbólico y económico de patrones y clientes. El poder del patrón
puede verse amenazado por el ingreso de un
patrón alternativo, o por circunstancias especiales,
como las vísperas de un acto electoral. Los clientes
buscan respuesta a sus necesidades básicas inmediatas, los mediadores pueden motivarse por diferentes cuestiones, desde adscripción partidaria o
ideológica, y patrones buscan a su vez acumulación política, como objetivo estratégico, y acumulación electoral, como objetivo coyuntural.
El patrón no obtiene recursos económicos
de la red, sino que amplía su base de sustentación
para mantener el poder. Esa acumulación debe
concretarse, hacerse visible, en un momento concreto: los comicios, cuando el poderío del patrón
debe ratificarse. Patrón y mediadores no aportan
privadamente los recursos que sustentan los intercambios, sino que los toman del ámbito de lo
publico; generalmente, patrón y mediadores también están allí insertos. Las prestaciones sociales en
particular aquellas que no están disponibles universalmente, como planes de empleo y empleo
didecto son los recursos generalmente considerados
como medios típicos de la redistribución clientelar.
Los patrones suelen ser los alcaldes; los
mediadores, parte de la plantilla de funcionarios.
Esa es otra característica propia del clientelismo:
se ejerce a partir de la estructura burocrática o del
aparato público local. De lo público provienen
por lo general los recursos que aceitan los intercambios clientelares, y es también el ámbito de
actuación de patrones y mediadores; el clientelismo moderno tiene su base en él, constituyéndose
en una variante de privatización de lo público.
En los mandatos clientelistas, se relega el
derecho como instrumento de gobierno.
extraoficial de favores, en el cual los titulares de
cargos políticos regulan la concesión de prestaciones, obtenidas a través de su función pública o de
contactos relacionados con ella, a cambio de apoyo
electoral. La relación puede fortalecerse mediante
la amenaza de utilizar esa misma capacidad de
decisión para perjudicar a quienes no colaboren
con el sistema. En general, los sistemas clientelares
aparecen donde la necesidad de integrar rápidamente un elevado número de participantes a un
sistema político sin tradición organizativa lleva al
desarrollo de sistemas de mediación informal entre
la acción pública local y las necesidades de los ciudadanos. En el clientelismo los bienes públicos no
se administran según la lógica imparcial de la ley,
sino que bajo una apariencia legal se utilizan por
los detentadores del poder político; normalmente
se corresponde con figuras penadas jurídicamente
como prevaricación o corrupción.
Sin embargo, la relación entre cliente y
patrón no es simétrica: existe en ella una neta
dominación, motivada por las dotaciones sumamente desiguales de capital social, simbólico y económico de patrones y clientes. El poder del patrón
puede verse amenazado por el ingreso de un
patrón alternativo, o por circunstancias especiales,
como las vísperas de un acto electoral. Los clientes
buscan respuesta a sus necesidades básicas inmediatas, los mediadores pueden motivarse por diferentes cuestiones, desde adscripción partidaria o
ideológica, y patrones buscan a su vez acumulación política, como objetivo estratégico, y acumulación electoral, como objetivo coyuntural.
El patrón no obtiene recursos económicos
de la red, sino que amplía su base de sustentación
para mantener el poder. Esa acumulación debe
concretarse, hacerse visible, en un momento concreto: los comicios, cuando el poderío del patrón
debe ratificarse. Patrón y mediadores no aportan
privadamente los recursos que sustentan los intercambios, sino que los toman del ámbito de lo
publico; generalmente, patrón y mediadores también están allí insertos. Las prestaciones sociales en
particular aquellas que no están disponibles universalmente, como planes de empleo y empleo
didecto son los recursos generalmente considerados
como medios típicos de la redistribución clientelar.
Los patrones suelen ser los alcaldes; los
mediadores, parte de la plantilla de funcionarios.
Esa es otra característica propia del clientelismo:
se ejerce a partir de la estructura burocrática o del
aparato público local. De lo público provienen
por lo general los recursos que aceitan los intercambios clientelares, y es también el ámbito de
actuación de patrones y mediadores; el clientelismo moderno tiene su base en él, constituyéndose
en una variante de privatización de lo público.
En los mandatos clientelistas, se relega el
derecho como instrumento de gobierno.