Desconozco lo que dice tal proyecto. Pero, desde luego, nos guste o nos disguste, las provincias no se pueden ni suprimir ni transformar en otros tipos de entes -salvo en las Comunidades Autónomas uniprovinciales en que se han transformado en tales- porque están muy presentes en temas importantes de la Constitución: la base del SENADO (art. 69 Constitución) y gran parte del Título VIII. Habría de hacerse una reforma de la Constitución; lo cual no es difícil si PP y PSOE se ponen de acuerdo, como ocurrió hace exactamente un año con el artículo 135.
Así que habrá que esperar a ver cómo transcurren los debates -salvo que se aplique el citado rodillo- en el Parlamento regional.
Desde luego, sería el momento propicio para reformar varias cuestiones constitucionales, todas ellas implicadas entre sí como reformar en profundidad el Senado (art. 69) haciéndola una Cámara útil como ha hecho Bélgica recientemente siguiendo el modelo de modelos: el Senado norteamericano.
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