Conflicto entre Hidalgos y Pecheros de Valdelucio (1639-16439). Según un artículo publicado en el Diario de Burgos fechado en 30 de marzo de 1986, se puede leer el citado conflicto entre unos y otros.
" En el archivo concejil de Fuencaliente con una Carta Ejecutoria expedida en 1643, a raíz de cierto pleito entre pechedros e hidalgos del Valle, los dos grupos integrantes de la población; al primero podríamos considerarle mayoritario, indígena y que regaba la tierra con el sudor de su frente, minetras el segundo aparece como minoritario, advenedizo y un tanto dormido en viejas glorias, viviendo de rentas, sueños y nostalgias.( Algunos todavia viven de lo que eran o de lo que de puertas para fuera quieren que la gente vea, aunque no sea cierto.). Se trato en definitiva de una lucha entre dos concepciones sociales: una clasista, anclada en el pasado, y otra igualitaria, que se anticipa a las reivindicaciones revolucionarias de fines del siglo XVIII y centuria decimonónica; una parte encarna el idealismo fantoche y vacío del barroco y la otra, el espíritu positivo y tradicional del hombre del campo. El objeto de la demanda fue , que el 10 de Septiembre de 1639 trece hidalgos del Valle, a través de su procurador, presentaban en la Real Chanchillería de Valladolid una demanda, que se resumía en los siguientes puntos: se quejaban de que los pecheros les hacían pagar tributos, no les dejaban desempeñar la mitad de los cargos públicos, no les daban en misa la paz los primeros, ni les dejaban acudir en lugar destacado a las procesiones, ni ocupar el lado del evangelio en la iglesia, ni puestos honrosos en los actos públicos.Se desencadeno la dialéctica judicial, de forma que se comunico a los Concejos de Valdelucio la demanda , y noventa y un pecheros de todos los pueblos nombran un procurador que los represente en la respuesta y defensa. (Parece que en 1633 había en el Valle 181 vecinos y medio, unos 724 habitantes). Afirmar éstos su condición de lugares de behetría y niegan la calidad de hidalgos a sus adversarios, así como la existencia de personas con tal condición en la comarca. Los demandantes contradicen a los pecheros en las dos alegaciones. El procurador de los concejos y estado general presenta una copia del privilegio de las behetrías, concedido por el Rey Don Juan II en 1454 y confirmado por diversos Monarcas sucesivos hasta Felipe IV. Por su virtud, en los lugares de behetría no podían vivir ni morar ni tener bienes, caballeros, escuderos, dueñas o doncellas ni hidalgos. La Carta Ejecutoria no recoge ninguna prueba de hidalgía de los demandantes, se daría por supuesta o se exhibió al iniciar el pleito. El privilegio se concedió a cambio de que tales lugares contribuyesen en el servicio de galeotes para la Armada Real.
" En el archivo concejil de Fuencaliente con una Carta Ejecutoria expedida en 1643, a raíz de cierto pleito entre pechedros e hidalgos del Valle, los dos grupos integrantes de la población; al primero podríamos considerarle mayoritario, indígena y que regaba la tierra con el sudor de su frente, minetras el segundo aparece como minoritario, advenedizo y un tanto dormido en viejas glorias, viviendo de rentas, sueños y nostalgias.( Algunos todavia viven de lo que eran o de lo que de puertas para fuera quieren que la gente vea, aunque no sea cierto.). Se trato en definitiva de una lucha entre dos concepciones sociales: una clasista, anclada en el pasado, y otra igualitaria, que se anticipa a las reivindicaciones revolucionarias de fines del siglo XVIII y centuria decimonónica; una parte encarna el idealismo fantoche y vacío del barroco y la otra, el espíritu positivo y tradicional del hombre del campo. El objeto de la demanda fue , que el 10 de Septiembre de 1639 trece hidalgos del Valle, a través de su procurador, presentaban en la Real Chanchillería de Valladolid una demanda, que se resumía en los siguientes puntos: se quejaban de que los pecheros les hacían pagar tributos, no les dejaban desempeñar la mitad de los cargos públicos, no les daban en misa la paz los primeros, ni les dejaban acudir en lugar destacado a las procesiones, ni ocupar el lado del evangelio en la iglesia, ni puestos honrosos en los actos públicos.Se desencadeno la dialéctica judicial, de forma que se comunico a los Concejos de Valdelucio la demanda , y noventa y un pecheros de todos los pueblos nombran un procurador que los represente en la respuesta y defensa. (Parece que en 1633 había en el Valle 181 vecinos y medio, unos 724 habitantes). Afirmar éstos su condición de lugares de behetría y niegan la calidad de hidalgos a sus adversarios, así como la existencia de personas con tal condición en la comarca. Los demandantes contradicen a los pecheros en las dos alegaciones. El procurador de los concejos y estado general presenta una copia del privilegio de las behetrías, concedido por el Rey Don Juan II en 1454 y confirmado por diversos Monarcas sucesivos hasta Felipe IV. Por su virtud, en los lugares de behetría no podían vivir ni morar ni tener bienes, caballeros, escuderos, dueñas o doncellas ni hidalgos. La Carta Ejecutoria no recoge ninguna prueba de hidalgía de los demandantes, se daría por supuesta o se exhibió al iniciar el pleito. El privilegio se concedió a cambio de que tales lugares contribuyesen en el servicio de galeotes para la Armada Real.