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Becerro de las Behetrías de Castilla, FUENTE URBEL

Becerro de las Merindades de Castilla es el título original del manuscrito al que el editor Fabián Hernández reemplazó por Becerro de las Behetrías. Junto con las Crónicas de los Reyes, es una de las obras históricas más consultadas por los investigadores de la Baja Edad Media en España. Realizado por orden del rey (1350-1366) Pedro I de Castilla, consiste en un inventario de las behetrías existentes en el territorio que entonces abarcaba el Reino de Castilla.
Este manuscrito del siglo XIV, denominado “libro Becerro” por estar escrito sobre pergamino obtenido de la piel de un becerro, registra detalladamente la naturaleza y origen de la nobleza de Castilla en el último tercio de la Edad Media.
Difusión de la peste negra. En verde, las áreas de menor incidencia.
La mortandad de 1348 o peste negra incide negativamente en las rentas de los hidalgos de Castilla, que aprovechan el vacío de poder tras el fallecimiento, el 26 de marzo de 1350, del rey Alfonso XI y la enfermedad de su sucesor para apropiarse de las rentas reales. 1​
El joven monarca Pedro I de Castilla convoca las Cortes de Valladolid de 1351, y es en esta asamblea donde el estamento de los hidalgos solicitó al rey la desaparición de las behetrías mediante su conversión en tierras solariegas.
«.... El infante don Fernando de Aragón, marqués de Tortosa, adelantado mayor de la Frontera y primo del rey, como cabeza de la nobleza, junto con los ricos hombres, caballeros y fijosdalgos de la tierra elevaron sus cuadernos de peticiones al rey, primero en una serie de 13 capítulos que fueron despachados el 20 de agosto de 1351, y luego otra nueva serie de otros 15, que también fue despachada con fecha 31 de octubre del mismo año. Sólo al norte del Duero, en las tierras bajo la autoridad inmediata de los merinos del rey, se daban los presupuestos político-administrativos a que se referían las peticiones nobiliarias, esto es: división de las tierras en realengas, abadengas, solariegas, behetría, con ausencia casi total de poderes concejiles y autonomía municipal...»2​
El “status” jurídico general de los hidalgos solo era aplicable al norte del Duero ya que al sur las Comunidades de Villa y Tierra y las condiciones de los Repartimientos en los nuevos concejos de Andalucía y Murcia.
Las peticiones
Decapitación de Pedro I (manuscrito del siglo XIV).
Lo que los hidalgos piden al rey no es un nuevo reparto de las behetrías, sino la desaparición de las mismas mediante su conversión en tierras solariegas. Esto sólo podía realizarlo el rey, pues dicha conversión suponía la renuncia y cesión por parte regia de dos derechos que detentaba en las behetrías y de los que carecían las aldeas solariegas: la martiniega, de origen y carácter dominical, y la justicia de naturaleza jurisdiccional o pública.
Otro tercer derecho, la fonsadera, ya se había cedido por el rey en las behetrías a los hidalgos. Las behetrías no pagaban fonsadera al rey, pero en cambio abonaban a su señor y a los naturales la divisa correspondiente, que venía a ocupar el lugar de aquella, como retribución de las obligaciones militares que los hidalgos asumían para con el rey. El resto de los impuestos: monedas, servicios y yantares recaían por igual, salvo privilegio particular, en behetrías y solariegos.
Repartimiento y pesquisa
El canciller Pedro López de Ayala se ocupó de este acontecimiento en dos capítulos completos de su crónica del rey don Pedro.
Historia
El origen del libro fueron las Cortes de Valladolid de 1351, cuando el estamento de los hidalgos solicitó al rey la desaparición de las behetrías mediante su conversión en tierras solariegas. De las varias copias manuscritas, las más antiguas son las que se conservan en los archivos de Simancas, en la biblioteca universitaria de Valladolid y en la Chancillería de Valladolid.
Se inventariaron los señoríos de la mayoría de los pueblos de Castilla al norte del río Duero. El documento lista algo más de mil poblaciones agrupadas en quince merindades, pertenecientes en su mayoría a las actuales provincias de Burgos, Palencia y Cantabria, pero también de zonas de las provincias de Soria, La Rioja y Valladolid. Se detallan allí los lugares, poblados, despoblados y yermos, así como las rentas y prestaciones de los campesinos. El libro quedó sin terminar y no es exhaustivo ni en lo referente a los derechos señoriales ni a los reales.