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FUENTE URBEL: Nuestra iglesia es un EIC...

Nuestra iglesia es un EIC
Elemento de Interés Cultural de carácter local.
Estado de conservación: “regulin regulan”

Articulo C 18 – Definición

Aquellos conjuntos urbanos o edificios no declarados Bienes de Interés Cultural por los organismos competentes según la LPHE /85, que reúnen características de interés por su antigüedad, diseño, calidad de ejecución, artesanía, singularidad, valor histórico o ambiental,... y que se declaran como elementos de Interés Cultural de ámbito local.

Esta protegido el entorno y la iglesia en un radio de 50m, por Ley.

-Obras permitidas-
P1... Pl. Protección integral

Solo se permiten las obras encaminadas a la conservación del edificio, sin modificar su diseño, composición, materiales y acabados tanto en su exterior como interiormente. Se admitirá solamente la consolidación de sus elementos dañados, repaso y limpieza de sus acabados, eliminación controlada de añadidos sin valor... y mejoras puntuales para mantenimiento del uso especifico.
En todas las reformas a ejecutar, los materiales empleados serán de las mismas características de los existentes, cuidando especialmente los destinados al exterior y en especial los materiales de cubierta, la teja será cerámica curva vieja.

Bueno pues eso.... manos a la obra.