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HERMOSILLA: Ya hace un tiempo que llegó a mis oídos la noticia...

Ya hace un tiempo que llegó a mis oídos la noticia de que uno de los nervios de apoyo de la bóveda del coro de la iglesia parroquial de Hermosilla, Santa Cecilia, se había desprendido del techo poniendo en peligro la seguridad y estabilidad de toda la bóveda de esta parte del edificio.

A nadie se le escapa que este templo necesita reformas para garantizar su seguridad e integridad y hacer que este monumento perdure a lo largo de los años; trabajos que ya hicieron nuestros antepasados y que ahora tal vez deberíamos acometer nosotros sin pausa pero con perseverancia.

También es cierto, que la situación económica del país, en plena pandemia Covid-19, no facilita la aportación de fondos ni públicos ni privados.

Ahora que nos acercamos al final de año y que nos toca ponernos en orden con Hacienda de cara a la próxima de Declaración de Renta, me permito hacer una sugerencia y que está relacionada también con la reparación de la iglesia del pueblo.

Si pensamos que nuestra próxima Declaración de Renta nos va a dar positiva; es decir, nos va a tocar pagar a Hacienda una determinada cantidad ahora puede ser el momento de reducir legalmente nuestro pago al fisco.

La Ley permite hacer aportaciones económicas a entidades benéficas; entre ella, a la iglesia católica y más concretamente, a nuestra parroquia de siempre. Si aportamos 150 € por ejemplo, nos podremos desgravar (restar de la cantidad a pagar) el 80 % de esta cantidad; es decir, 120 € a restar de la cantidad que nos salga a pagar.

Resumiendo: ingresando 150 € a tu parroquia, Hacienda te devolverá 120 €. Al final, resulta que de tu bolsillo solo has sacado un donativo de 30 € aunque realmente has aportado la cantidad de 150 €.

Aquí os dejo la idea que yo ya he puesto en práctica por si alguien se anima y desea colaborar en la restauración de nuestra iglesia de toda la vida.

Os dejo el enlace de la Web para más información: https://www. donoamiiglesia. es/san/Home#!/

ANEXO LEGAL:

Aportaciones a actividades prioritarias de mecenazgo con límite del 15 por 100 de la base liquidable.

Las cantidades donadas o satisfechas a las entidades e instituciones previstas en la Ley 49/2002 que se destinen a la realización y desarrollo de actividades y programas prioritarios de mecenazgo, tendrán derecho a una deducción de:

Base de la deducción, Porcentaje de la deducción:

Hasta 150 euros: 80 %
Resto base de deducción: 35 %
Respuestas ya existentes para el anterior mensaje:
También hace tiempo que oí que una señora que había administrado las cuentas de la Junta local de Hermosilla en vista de lo bien que la había resultado el "carguito" iba a donar más de 20.000 € para el arreglo de la iglesia, dice que no quería ser menos que el vecino (Cándido Neila) que al morir donó esa cantidad para el arreglo de la iglesia. Como soy un poco escéptico no sé sí creérmelo. Felices fiestas a todo/as a pesar del "bichito"