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buenas noches marcelino, hoy lloviendo
hoy España pierde a una de las grande de la copla, a marife de triana
El seguro de salud no cubre una baja alegando que se comunicó tarde

Contraté un seguro para que me cubriera los días de baja. El caso es que me ingresaron, me operaron y a la salida del hospital, ya con el alta médica, solicité a la compañía el pago. Sin embargo, la compañía se niega porque dice que di parte del siniestro cuando ya estaba de alta. ¿Es lícito que se niegue a pagarme por esta razón?

La Ley del Contrato de seguro señala un plazo de siete días para comunicar a las compañías los ... (ver texto completo)
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Afrontar los gastos en una vivienda en usufructo

Mi hermana y yo heredamos una vivienda de la que es usufructuaria mi madre, pero ahora ella está ingresada en una residencia. Mi pregunta es si podemos usarla o, incluso, alquilarla. Y caso de que hubiera que hacer reparaciones, ¿quien estaría obligado a pagarlas?

El derecho de usufructo da derecho a disfrutar de los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma, de acuerdo al artículo 467 del Código Civil, de modo que el usufructuario puede aprovechar la vivienda para sí mismo o arrendarla, así como a vender su derecho de usufructo incluso a titulo gratuito. De modo general, es la madre usufructuaria quien tiene el derecho a arrendar la vivienda y a percibir las rentas o de transmitir su derecho a sus hijas para que la usen y disfruten, incluso de manera gratuita si es su deseo. En cuanto a las reparaciones en la vivienda, corresponden al usufructuario las que sean ordinarias, necesarias y que procedan de uso natural. Las reparaciones extraordinarias correrán por cuenta del propietario, aunque tendrá derecho a exigir del usufructuario el interés legal de la cantidad invertida mientras se mantenga el usufructo. ... (ver texto completo)
La compañía de gas y electricidad no se hace responsable de la reparación de la caldera

Hace dos años que contrato el servicio de mantenimiento de la caldera con mi compañía de gas y electricidad. Un viernes se estropeó la caldera y llamé al servicio técnico, pero el técnico en cuestión no vino hasta el martes, y aunque parecía que en un primer momento la había reparado al día siguiente no funcionaba. Regresó de nuevo y nos dijo que no podía hacer nada y que llamáramos al servicio técnico de la ... (ver texto completo)
El seguro de salud no cubre una baja alegando que se comunicó tarde

Contraté un seguro para que me cubriera los días de baja. El caso es que me ingresaron, me operaron y a la salida del hospital, ya con el alta médica, solicité a la compañía el pago. Sin embargo, la compañía se niega porque dice que di parte del siniestro cuando ya estaba de alta. ¿Es lícito que se niegue a pagarme por esta razón?

La Ley del Contrato de seguro señala un plazo de siete días para comunicar a las compañías los ... (ver texto completo)
buenos días foreros, seguimos con el agua hasta la cabeza
La compañía de gas y electricidad no se hace responsable de la reparación de la caldera

Hace dos años que contrato el servicio de mantenimiento de la caldera con mi compañía de gas y electricidad. Un viernes se estropeó la caldera y llamé al servicio técnico, pero el técnico en cuestión no vino hasta el martes, y aunque parecía que en un primer momento la había reparado al día siguiente no funcionaba. Regresó de nuevo y nos dijo que no podía hacer nada y que llamáramos al servicio técnico de la caldera y le pasáramos la factura a la compañía del gas. Pagamos más de 160 euros, pasamos diez días sin agua caliente ni calefacción y ahora nos están dando largas. ¿Qué podemos hacer?

Se entiende que la compañía de gas y electricidad no cumplió con diligencia las obligaciones del contrato (ejecutar en un determinado lapso de tiempo las obras o servicios de reparación de averías), mientras que el consumidor sí cumplió las suyas (abonar el precio pactado en el contrato). Por eso sugerimos que presenten una reclamación escrita en los servicios de consumo. Según el Código Civil, están sujetos a indemnización de daños y perjuicios quienes incumplan sus obligaciones por dolo, negligencia o morosidad. Acompañen la reclamación de copia del contrato y de la factura abonada y aleguen incumplimiento del servicio técnico que no reparó de forma conveniente en ninguna de sus visitas. Soliciten una indemnización de los perjuicios causados: el importe abonado al servicio técnico de la marca de la caldera, pero aludan también al periodo de tiempo en el que se vieron privados de agua caliente y calefacción. Manifiesten que tuvieron que acudir al servicio de la casa por tal incumplimiento de acuerdo a las indicaciones del mismo técnico de la compañía. Si no obtienen resultado, acudan a Arbitraje de Consumo y si lo consideran conveniente comuniquen por escrito su oposición a la prórroga del contrato. ... (ver texto completo)
esta rosa es para quien la quiera, entrare luego a las 12
buenos días foreros, seguimos con el agua hasta la cabeza
esta rosa es para quien la quiera, entrare luego a las 12
buenas noches marcelino, hoy lloviendo
esta rosa es para quien la quiera, entrare luego a las 12